Ir al contenido principal
 

Nacional Sociedad

Pueblos Indígenas Originarios Campesinos piden al TSE elegir a sus diputados de forma directa y el derecho a postulación

Consideran que las NPIOC del país, deberían poder postular candidatos/as mediante sus propias organizaciones para cargos de representación política supraindígena, seleccionando a estos por normas y procedimientos propios.
16 de diciembre, 2024 - 12:00
Compartir en:
Jhonathan Herrera de Fundación Jubileo entrega en la Ventanilla Única del TSE la propuesta de las NPIOC. Foto: ANF
Jhonathan Herrera de Fundación Jubileo entrega en la Ventanilla Única del TSE la propuesta de las NPIOC. Foto: ANF
@@PUBBLIXK

La Paz, 16 de diciembre de 2024 (ANF).- La propuesta ciudadana para el fortalecimiento de la participación política de las Naciones y Pueblos Indígenas Originarios Campesinos (NPIOC) en Procesos Electorales entregada al Tribunal Supremo Electoral (TSE) pide la elección directa de sus parlamentarios por normas y procedimientos propios, a postular candidatos mediante sus organizaciones y el derecho a la financiación estatal de sus elecciones y campañas, en cumplimiento e implementación  del mandato constitucional. 

Estas tres propuestas, que fueron entregadas este jueves en la Ventanilla Única del Órgano Electoral, surgen de mesas de diálogo y análisis de organizaciones que trabajan con las NPIOC, como el Programa NINA-UNITAS, CIPCA (Centro de Investigación y Promoción del Campesinado) Norte Amazónico y APCOB (Apoyo Para el Campesino-Indígena del Oriente Boliviano), inicialmente. Posteriormente se suman CIPCA Altiplano, CIPCA Beni, CENDA y ORE; con el acompañamiento y articulación de la Fundación Jubileo. 

Las peticiones expresan el sentir de los pueblos indígenas, de acuerdo al documento, y esperan que el TSE las tome en cuenta en la actualización de los reglamentos y de la normativa electoral, para las elecciones generales del 2025.

Primero, proponen la elección directa de diputados por normas y procedimientos propios de los pueblos indígenas, porque indican que organizar procesos eleccionarios en las circunscripciones especiales, como de los Territorios Indígenas Originarios Campesinos de Tierras bajas, es dificultoso; por las condiciones extremas y distancias que existen entre uno y otro pueblo. No es el Estado quien financia el traslado de la gente, sino la propia población.

“Sobre eso, realizar una doble elección cuando no es necesario, y cuando va en contra de sus derechos, no tiene sentido ni justificación, ya que significa un esfuerzo muchísimo mayor por las NPIOC, con relación a los demás ciudadanos, para ejercer su derecho a elegir, atentando así contra la igualdad de condiciones en el ejercicio de los derechos políticos”, señala el documento. 

Asimismo, consideran que la postulación de candidatos en lugar de una elección directa, abre la posibilidad de hacerlo mediante un partido político o agrupación ciudadana. 

“Esto resulta altamente nocivo para la representación sustantiva de las NPIOC, ya que obliga a los diputados indígenas a someterse a las decisiones orgánicas del partido, mediante su integración a la bancada parlamentaria. Por lo mismo, se debe eliminar toda posibilidad de que las NPIOC postulen candidatos mediante las agrupaciones ciudadanas y partidos políticos ya que de esta forma genera sometimiento colonial”, apunta.

En ese sentido, consideran que en caso de ajustar el reglamento de las Elecciones Generales 2020, se sugiere modificar el parágrafo II del Art.6 de la siguiente manera: “II. En aplicación de los artículos 11.ll.3 y 211.l de la CPE, las organizaciones de los pueblos indígenas originarios campesinos de las circunscripciones especiales elegirán de forma directa a sus diputados titulares y suplentes por normas y procedimientos propios”, plantean.     

Las NPIOC deberían poder postular candidatos/as mediante sus propias organizaciones      

La segunda petición, esta referida a que las NPIOC del país, deberían poder postular candidatos/as mediante sus propias organizaciones para cargos de representación política supraindígena, seleccionando a estos por normas y procedimientos propios en igualdad de condiciones y sin que afecte la vigencia de la organización en caso de que ésta no logre superar la barrera electoral al no obtener suficientes votos.   

Señala el documento, que sin la posibilidad de poder postular a sus candidatos/as a la presidencia, vicepresidencia, senadurías, diputaciones plurinominales y parlamentos supraestatales, las NPIOC estarían impedidas de ejercer su derecho político a ser elegidas para esos cargos. Porque al poder hacerlo únicamente mediante los partidos políticos, en su condición de pueblos minoritarios y por la gran carga de prejuicio respecto a la capacidad, el racismo y la discriminación persistentes, no tendrían la posibilidad de ejercer su derecho en igualdad de condiciones.

“Es necesario que el TSE como garante de los derechos políticos electorales, aplique la acción afirmativa que corresponde y que manda la Constitución, para que las NPIOC puedan postular a sus candidatos/as para los mencionados cargos supraindígenas del país”, subraya.

Proponen que el TSE, incorpore lo solicitado al Reglamento de Inscripción y Registro de Candidaturas para las elecciones generales 2025. “Debe ajustar el protocolo para el registro de Organizaciones de Naciones y Pueblos Indígenas Originario Campesinos y Postulantes y Candidaturas…”, añade. 

Derecho a la financiación estatal       

La tercera propuesta, esta referida a que el Órgano Electoral, con parte de los recursos asignados al financiamiento de campañas electorales, debiera financiar la realización de los actos eleccionarios por normas y procedimientos propios de representantes de las NPIOC, en circunscripciones especiales y de los actos de selección de candidatos para cargos supraindígenas y elección de estos. 

“En el caso de las NPIOC, al no ejercer el voto mediante ánforas, sino mediante reuniones colectivas, implica un traslado y costos altos por las grandes distancias. Para generar igualdad de condiciones, existe la necesidad de que el Estado financie el traslado de las personas de distancias alejadas para que puedan asistir a los actos eleccionario. El TSE, puede establecer en su normativa interna, el financiamiento de los actores eleccionarios por normas y procedimientos propios de las NPIOC”, proponen en el documento. 

/ERA/nvg/

 

Comentarios

Articulo sin comentarios