La Paz, 10 de octubre de 2024 (ANF). - La postulación de Marcos Miranda Guerrero al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) fue habilitada nuevamente, luego que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) anuló el proceso de inhabilitación por realizar campaña en Yacuiba, denuncia planteada por la diputada de Comunidad Ciudadana (CC) Luciana Campero
Campero, en contacto con la ANF, afirmó que el Tribunal Electoral Departamental (TED) de Tarija emitió una resolución de inhabilitación contra Miranda, con base en las pruebas que entregaron. Sin embargo, los antecedentes fueron remitidos al TSE en revisión, instancia que observó esa determinación y decidió anular los obrados.
“Nosotros hemos logrado la inhabilitación de Marcos Miranda y se remiten los antecedentes al Órgano Electoral en La Paz, pero esta instancia arbitrariamente decide anular todos los obrados y volver a fojas cero hasta el momento del ingreso de la denuncia, con el fin de que los vocales de Tarija vuelvan a sesionar sobre el tema y vuelvan a definir si lo habilitan o no”, explicó la legisladora.
En septiembre, Campero presentó una denuncia contra el candidato porque en una entrevista televisiva supuestamente solicitó el voto de la población en las elecciones judiciales del 1 de diciembre; lo que está prohibido. Tras una evaluación de las pruebas, la sala plena del TED de Tarija emitió una resolución en la que declaró probada la denuncia de la legisladora y decidió inhabilitarlo por transgredir la norma electoral.
A la vez, la legisladora dijo que el postulante cuestionado admitió su responsabilidad cuando fue entrevistado por un medio de comunicación, hecho que fue analizado por la sala plena del TED de Tarija razón por la que decidió inhabilitarlo.
Sin embargo, el TSE decidió anular todo el proceso y solo quedó en antecedentes la denuncia contra el postulante a magistrados que, en criterio de la legisladora, permitirá que Miranda niegue que haya pedido el apoyo de la población.
“Cuando nosotros lo denunciamos, él admitió que hizo una entrevista en televisión en Yacuiba y asumió su culpabilidad, pero se anulan los obrados hasta la respuesta que dio el candidato y dejando como única actuación la denuncia que nosotros habíamos presentado. Lamentablemente, eso le permite negar lo que ya había reconocido y así lograr la habilitación”, añadió.
Sin embargo, Campero dijo que presentaron nuevas denuncias y pruebas contra el postulante de donde se demuestra que incurrió en faltas a la norma electoral, aseguró que insistirán y activarán los recursos que sean necesarios para inhabilitar su postulación.
El artículo 82 de la Ley 026 de Régimen Electoral regula la difusión de méritos para el proceso de elección de altas autoridades del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP).
“Las y los postulantes, desde el momento de su postulación, bajo sanción de inhabilitación, estarán prohibidos de: a) Efectuar directa o indirectamente cualquier forma de campaña o propaganda orientada a solicitar el voto, en medios de comunicación radiales, televisivos, escritos, digitales o espacios públicos”, refiere la norma.
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