La Paz, 20 de octubre de 2024 (ANF).- Pobladores del Distrito 4 del municipio de Ixiamas, norte del departamento de La Paz, se declararon en emergencia tras el ingreso masivo de personas ajenas a las comunidades y el creciente riesgo de explotación minera ilegal en un área protegida municipal.
“Rechazamos también de manera tácita la usurpación de competencias que está cometiendo del Gobierno Autónomo Municipal de lxiamas en sus dos Órganos, porque pretende dar certificaciones o emite normas contrarias al ordenamiento jurídico vigente, por el cual confirman un domicilio que no tienen estas personas para que puedan tramitar fraudulentamente su Personalidad Jurídica como comunidades nuevas, también amparados por autoridades nacionales corruptas que desconocer el marco legal vigente e incitan al avasallamiento y tráfico de tierras”, dice el primer punto del pronunciamiento que emitieron los comunarios.
El segundo punto de la declaración fue el rechazo absoluto a la minería, especialmente en las áreas protegidas del Bajo Madidi, donde se encuentran los ríos Manupare y Madidi, fuentes vitales de agua para las comunidades locales.
"No queremos minería asesina, contaminante e ilegal en nuestros ríos ni en nuestras comunidades, porque corrompe gente y devasta todo", indicaron los habitantes del Distrito 4 en el documento.
La preocupación radica en que el ingreso de personas y asociaciones mineras sin derechos legítimos a explotar la zona pone en peligro tanto los recursos hídricos como la biodiversidad del área, que forma parte de una reserva natural de gran importancia para el país.
"La contaminación de nuestros ríos significaría el fin de la vida para las personas, la naturaleza y la fauna silvestre", advirtieron.
Los comunarios recalcaron que el área está bajo la protección de la Ley Municipal Nº 151/2019, que creó el Área Municipal de Conservación y Manejo del Bajo Madidi, un espacio destinado a la preservación ambiental y cultural. Además, recordaron que las normativas nacionales prohíben la concesión de tierras para fines agropecuarios o de colonización en esta zona, tal como establece el Decreto Supremo Nº 23022 de 1991.
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