La expresidenta Jeanine Añez en la cárcel de Obrajes. Foto: El Deber
La Paz, 19 de marzo (ANF).- En tiempo record, la Procuraduría General del Estado y el Ministerio de Gobierno interpusieron recursos de reposición y lograron que el Juzgado Décimo de Instrucción en lo Penal revoque la orden de un tribunal de garantías constitucionales que dispuso el “traslado inmediato” de la expresidenta Jeanine Añez a una clínica para que reciba atención médica. La defensa de la exmandataria dijo que hay una desobediencia a una orden judicial de parte de Régimen Penitenciario.
La tarde de hoy, el Tribunal Décimo de Sentencia, constituido en tribunal de garantías constitucionales, dispuso el traslado inmediato de la exmandataria a la Clínica del Sur, luego de que se identificó vulneraciones a normas por parte de la directora del Centro de Orientación Femenina de Obrajes, coronel Luciana Karina Figueroa Sánchez, instancia administrada por la Dirección de Régimen Penitenciario, dependiente del Ministerio de Gobierno.
Dicho Tribunal determinó la notificación a las partes en la misma audiencia y la remisión de obrados al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) para su respectiva revisión.
Sin embargo, no se dio cumplimiento a la orden porque la directora de la cárcel se había descompensado.
“La expresidenta se encuentra delicada, esta medicada, se descompensó en plena audiencia (...) está esperando la determinación de las autoridades”, manifestó Norka Cuellar, abogada de la exmandataria, quien cuestionó que no se cumpla la disposición judicial.
Horas después se conoció que el juez Décimo de Instrucción en lo Penal, Armando Zeballos Guarachi, atendió el recurso interpuesto por la Procuraduría y el Ministerio de Gobierno, y resolvió: “Se revoca el decreto de fecha 19 de marzo de 2021 disponiéndose en su lugar lo siguiente: ‘En atención al informe de la directora del COF de Obrajes de la fecha y los informes médicos adjuntados al mismo, se dispone que personal del IDIF (Instituto de Investigación Forense) especializado y/o personal médico de un hospital público se constituya al COF de Obrajes para verificar el estado de salud de la imputada”, señala la parte conclusiva de esa decisión judicial.
La Procuraduría argumentó que Añez primero debe ser valorada por médicos del IDIF para verificar si requiere internación médica. El Ministerio de Gobierno aseguró que Añez es una paciente “hemodinámicamente estable” y que el informe del Centro de Orientación Femenina sobre la situación de la exmandataria estaba en tratamiento. Ambas instancias consideran que la exmandataria debe recibir la atención al interior del recinto penitenciario.
“En virtud a la pandemia que se viene atravesando por el Covid-19 resulta más oportuno y conveniente que la misma sea asistida en el mismo Centro penitenciario, toda vez que, al asistir a un centro de salud, puede exponer a la misma al contagio”, refiere la argumentación del Ministerio de Gobierno expuesta en dicha resolución de revocatoria.
Ariel Coronado, abogado de la exmandataria, dijo que no tiene conocimiento de dicha medida judicial y aseguró que la decisión de un tribunal de garantías no puede ser revocada por otra instancia que no sea el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), instancia a la que pasó la resolución que autoriza la salida de Añez para su respectiva revisión.
“El tribunal de garantías ya se ha pronunciado al respecto y ahí no hay recurso de reposición, la única autoridad que puede revocar esa decisión es el Tribunal Constitucional”, manifestó el jurista.
Según el abogado, el no cumplimiento de la orden de un tribunal de garantías, muestra una desobediencia de parte de Régimen Penitenciario.
La defensa de la exmandataria prepara otros recursos para hacer cumplir la orden judicial que autoriza su salida a un centro de salud.
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