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Nacional Política

Advierten que fallo del TCP es un “golpe a la democracia” y tiene el objetivo de tumbar a Camacho

El abogado del gobernador, Martín Camacho, dijo que los magistrados del TCP al emitir el fallo incurrieron en el delito de resoluciones contratarías a la Constitución y las leyes porque contradice a la Ley Departamental 293.
2 de enero, 2024 - 21:32
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Gobernador de Santa Cruz, Luis Fernando Camacho. Foto: Internet
Gobernador de Santa Cruz, Luis Fernando Camacho. Foto: Internet

La Paz, 2 de enero de 2024 (ANF). - Desde la Gobernación de Santa Cruz calificaron como un “golpe a la democracia” el fallo del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) que dispuso que el vicegobernador, Mario Aguilera, asuma como Gobernador en suplencia de Luis Fernando Camacho, mientras que los legisladores de oposición advierten que el Gobierno pretende tumbar su gestión.

“El TCP ha emitido un fallo que es claramente un ‘golpe a la democracia’ y un golpe al voto del pueblo cruceño. El pueblo cruceño ha votado por Luis Fernando Camacho Vaca para que sea gobernador de este departamento. El Gobierno lo que hizo hace un año atrás fue secuestrar al gobernador para descabezar y hoy está tratando de consolidarlo a través de una sentencia constitucional”, afirmó el asesor de Gestión, Efraín Suárez. 

En ese sentido, el diputado de Comunidad Ciudadana (CC) Alberto Astorga dijo que con ese fallo pretenden tumbarlo y quitarle sus atribuciones como gobernador. Consideró que Camacho es un rehén y trofeo político del Gobierno de Luis Arce. 

“Esta es una muestra más que el Gobierno de Luis Arce en contubernio con el Tribunal Constitucional pretenden tumbar a Luis Fernando Camacho de la cabeza de la Gobernación, ya tienen de rehén, de trofeo político y secuestrado en la cárcel de Chonchocoro”, manifestó. 

Hoy se conoció que el TCP emitió una sentencia constitucional en la que determinó que Camacho sea apartado del cargo mientras se encuentre detenido, entre tanto, Mario Aguilera asuma la dirección de la Gobernación.

Ese fallo ratifico la resolución anterior del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz que otorgó la tutela que solicitó un grupo de asambleístas del Movimiento al socialismo (MAS), quienes demandaron el cumplimiento de los artículos 286.I de la Constitución Política del Estado, 25.1 del Estatuto Autonómico de Santa Cruz y 10.1 de la Ley Departamental 284 de Santa Cruz. Los enunciados establecen que, en caso de impedimento del gobernador, el vicegobernador debe asumir de inmediato la suplencia temporal.

A la vez, Suarez indicó que transgrede la norma suprema porque no se tomó en cuenta la Ley Departamental 293, que regula la ausencia temporal de la autoridad departamental. Recordó que la Asamblea Legislativa Departamental aprobó esa ley que determina ese aspecto. 

“Esta sentencia constitucional manda al presidente de la Asamblea Legislativa Departamental (ALD) a ejecutar este fallo, pero hace notar que este fallo no ha tomado en cuenta la Ley Departamental 293, que habla sobre la suplencia temporal y que fue emitida en marzo del 2023 por la misma ALD, que regula los casos de ausencia temporal en la Gobernación. Por tanto, el TCP no se ha enmarcado en esa ley, por lo tanto, ese fallo es de imposible cumplimiento por parte de la ALD”, explicó. 

Astorga consideró que, ante ese atropello, los cruceños deben declararse en emergencia y hacer respetar su voto en las elecciones subnacionales de 2021, donde eligieron a Camacho como gobernador. 

El pueblo cruceño tiene que estar en estado de alerta permanente para no emitir este nuevo golpe a la Gobernación de Santa Cruz, hacer respetar el voto ciudadano. Luis Fernando Camacho tiene que seguir a la cabeza de la gobernación porque fue electo por el voto popular”, añadió. 

Cometieron un delito 

El abogado del gobernador, Martín Camacho, dijo a El Deber que los magistrados del TCP al emitir el fallo incurrieron en el delito de resoluciones contratarías a la Constitución y las leyes porque contradice a la Ley Departamental 293, que está vigente desde marzo de 2023.

“Los miembros del TCP estarían cometiendo un delito al haber emitido esta resolución, el delito de resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes. Esta resolución constitucional es contraria a la ley 293/ 2023, que ha regulado justamente lo que se considera ausencia y qué se considera impedimento. Es más, serían en este momento pasibles de una denuncia penal por el delito de resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes”, señaló.

/EUA/ ANF

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