“La información que nos han vertido los del Tribunal es que la aprobación del TIM debe ir por referéndum, lo cual como pueblos indígenas no vamos a permitir que ellos nos estén obligando de que nos hagan aprobar por esa vía. Queremos enmarcarnos de acuerdo a la Ley 1198, que es por usos y costumbres”, explicó a ANF el presidente de la Subcentral del TIM, Bernardo Muiba.
El miércoles llegó a la ciudad de La Paz una comisión de 25 autoridades del TIM para tener una audiencia con los vocales del TSE y coordinar la aprobación de sus estatutos. Allá los vocales se adelantaron en decirles que esta aprobación debe ser vía referéndum y ayer los notificaron ratificando esa posición.
Las autoridades indígenas explican que su demanda se basa en la aplicación a la Ley 1198, del 14 de julio de 2019, que, entre otras disposiciones, modifica el artículo 52, par. V de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización para este cometido, que exigía la realización de un referéndum. También se amparan en el bloque de constitucionalidad y en ejercicio la libre determinación como pueblos indígenas.
Además, se cuenta con un prescindente importante al respecto. La anterior semana, los comunarios del Jatun Ayllu Yura, quienes fueron al proceso autonómico por conversión municipal, aprobaron sus estatutos autonómicos por usos y costumbres propias. Esto se dio después de que se hizo cambiar el artículo 54, numeral 3 de la Ley Marco de Autonomías.
“Si no hubiéramos hecho cambiar eso, la fiesta que se ha vivido en Yura, fiesta de identidad y unidad, no hubiera pasado. Cada comunario hubiera ido a su mesa a votar y ya, y el pueblo de Yura no hubiera dado su conformidad”, relató autoridad del Tribunal de Justicia Indígena Originario Campesino de Qhara Qhara, tata Zenobio Fernández.
A partir de esto, las autoridades indígenas del TIM 1 demandan aplicar la aprobación de sus estatutos bajo uso y costumbres propias. Por ello, en un anterior encuentro de corregidores ya determinaron que la aprobación sería el 12 de diciembre de este año y esperan, tal como ocurrió con Yura, que haya una representación del Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (SIFDE-LP) acompañando esa fiesta.
“La decisión que hemos determinado junto a los corregidores con los que estamos haciendo vigilia es irnos con la respuesta positiva y el acompañamiento que se va hacer la aprobación de estatuto el 12 de diciembre, sí o sí con usos y costumbres”, aseguró Muiba.
El TIM 1 decidió en 2010 acceder a la autonomía indígena por la vía territorial. Ya en octubre del 2015 completó los requisitos exigidos por ley para encaminar su autonomía indígena. El año pasado recibieron la titulación de su territorio.
Al momento, su estatuto autonómico indígena cuenta con la declaración de constitucionalidad plena del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) y debe ser sometido a aprobación a través de las normas y procedimientos propios, en el marco de la Ley 1198.
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