La Paz, 13 de noviembre de 2024 (ANF).- La Cámara de Senadores aprobó un proyecto de ley para garantizar las elecciones judiciales y la pasó a la Cámara de Diputados para que sea sancionada. La norma prohíbe elecciones parciales en departamentos y ratifica el principio de preclusión.
La “Ley excepcional y transitoria para garantizar las elecciones judiciales 2024” tiene seis artículos y se constituye en el principal instrumento jurídico para contrarrestar la decisión del Tribunal Constitucional Plurinacional para frenar parcialmente las elecciones de nuevos magistrados este año.
“En cumplimiento al artículo 182 parágrafo II de la Constitución Política del Estado, las elecciones de magistrados, magistradas, consejeros y consejeras, de las máximas entidades del sistema de justicia y Tribunal Constitucional Plurinacional se realizará de acuerdo al calendario aprobado por el Tribunal Supremo electoral, prohibiéndose cualquier proceso por etapas en ningún departamento del país”, dice el artículo 3 que define un proceso electoral único y exclusivo.
La semana pasada se conoció que la Sala Constitucional Cuarta, de los magistrados René Espada y Gonzalo Hurtado, concedió la tutela a Hugo Vargas Palenque, quien impugnó la aplicación de la Ley Transitoria para las Elecciones Judiciales de 2024. El principal argumento fue que en la lista final de candidatos existían postulantes reprobados en las fases de evaluación, situación que no habría sido observada por el Tribunal Supremo Electoral (TSE) cuando recibió la nómina aprobada en la Asamblea Legislativa.
En consecuencia, esa instancia decidió declarar desierta la convocatoria a magistradas y magistrados para el TCP en los departamentos de Pando, Cochabamba, Santa Cruz, Beni y Tarija; también ordenó repetirse la convocatoria para el Tribunal Supremo de Justicia en Beni y Pando.
Autoridades del TSE advirtieron que el TCP pretende frenar las elecciones judiciales para seguir manteniendo a las autoridades prorrogadas en sus cargos por más de un año. Además, indicaron que existe el principio de preclusión, figura que imposibilita impugnar fases anteriores del proceso de las elecciones judiciales.
Al respecto, el TCP dice en la resolución que por esta vez corresponde hacer una excepción al principio de preclusión porque no existe riesgo de un vacío de poder o acefalías en el funcionamiento del Órgano Judicial, debido a que la sentencia que posibilita la prórroga de magistrados y garantiza el normal desarrollo de la justicia boliviana hasta que existan nuevas autoridades electas.
El proyecto de ley aprobado en el Senado resalta en su artículo 4 que todas las etapas resueltas en la Asamblea Legislativa precluyeron y no pueden ser retrotraídas; por ello, se deben realizar las elecciones judiciales con las listas aprobadas y remitidas al TSE.
La iniciativa también exige una garantía electoral para que el TSE garantice “el ejercicio de sufragio de toda la ciudadanía para las elecciones judiciales 2024, no pudiendo anularse, modificarse, declararse desierta, suspenderse por ninguna causa y ante ninguna instancia”.
Finalmente, en el artículo 6 exhorta al TCP a que sus fallos velen por el desarrollo de las elecciones judiciales 2024.
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