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Nacional Sociedad

El TIM 1 espera modificar el artículo transitorio en su estatuto y así aprobarlo por usos y costumbres

Debido a que la redacción del estatuto del TIM 1 se hizo antes de la modificación de la Ley de Autonomías, que establecía que las autonomías indígenas deben aprobarse referéndum, se colocó un artículo transitorio en ese sentido. Por ello, el primer día del Encuentro de corregidores tiene la intención de modificar el mismo.
20 de Diciembre, 2020
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Foto: Cipca
Foto: Cipca
La Paz, 20 de diciembre (ANF).- En el encuentro de corregidores del Territorio Indígena Multiétnico (TIM) 1, que se llevará este 21 y 22 de diciembre, se pondrá a consideración la modificación del artículo transitorio de su estatuto autonómico, que establece que la aprobación del mismo debe ser por referéndum. Así, una vez modificado, los indígenas podrán aprobar su autonomía bajo normas y procedimientos propios.

“No descartamos que en la fecha 21 se pueda contar con el acompañamiento del TSE para hacer el trabajo de quitar la palabra referéndum, para poder aprobar (el estatuto) en grande el día 22 con los corregidores, delegados, asambleístas y también con la parte minoritaria que vive en el espacio territorial que son, principalmente, los ganaderos”, explicó a ANF el asambleísta territorial Miguel Ángel Uche Uche.

Tras un proceso que inició en 2010, los cinco pueblos indígenas que habitan el TIM 1 —ubicado en San Ignacio de Moxos del departamento de Beni— están cerca de consolidar su autonomía y así autogobernarse.

El TIM 1 decidió acceder a la autonomía indígena por la vía territorial. Ya en octubre del 2015 completó los requisitos exigidos por ley para encaminar la misma. Al momento, su estatuto autonómico indígena cuenta con la declaración de constitucionalidad plena del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), realizada en 2017.

Sobre la modificación

Sin embargo, el problema con el que se trabaron en la última parte de este proceso es que el TSE les exigía que aprueben su estatuto por referéndum, debido a que en el artículo transitorio de este documento se menciona ello. Esto se debe a que la redacción del documento se basó en la ley vigente de ese entonces, la cual establecía dicha modalidad.

Sin embargo, las autoridades indígenas explican que la actual demanda de aprobar por usos y costumbres se basa en la aplicación a la Ley 1198, del 14 de julio de 2019, que, entre otras disposiciones, modifica el artículo 52, parágrafo V de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización para este cometido, que exigía la realización de un referéndum. También se amparan en el bloque de constitucionalidad y en ejercicio la libre determinación como pueblos indígenas. 

Uche Uche, quien también es secretario de recursos naturales y medio ambiente de la Central de los Pueblos Étnicos Mojeños de Beni (CPEM-B), explica que una vez que se apruebe el estatuto en el encuentro de corregidores, este será remitido nuevamente al TCP. Allí se espera que pase por una revisión de dicho cambio y así contar con la resolución para la administración de la autonomía dentro del territorio.

A partir de ello, según los acuerdos firmados con el vocal del TSE Francisco Vargas, el TIM 1 esperará que en 45 días se cuente con la legalidad y el ejercicio de la autonomía de las autoridades.

Presencia del Sifde

Después de una vigilia de dos semanas en la ciudad de La Paz, por parte de una delegación del TIM 1 se logró el compromiso del TSE de que una representación del Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (SIFDE) acompañase el encuentro de corregidores.

En ese sentido, Severiano Matenes, de la comisión de autoridades del TIM 1, explicó que en la reunión que hubo en Sucre el pasado jueves, ya se asignó la comisión que estará presente en la comunidad de Natividad del Retiro, donde se reunirán los corregidores.

“Ya están designadas las personas que van a participar, el TSE (ha) designado una comisión para acompañar este proceso”, informó a ANF.

Matenes cree que es importante que la aprobación de su estatuto por normas y procedimientos propios tiene que estar acompañado por elementos de legitimidad, que se basa en el encuentro, y legalidad, que responde a la presencia del TSE.

/KG//ANF

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    TIM 1