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Opinión

Los “autoprorrogados” y el Estado Constitucional

28 de Abril, 2025
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Los “autoprorrogados” del tribunal constitucional plurinacional (Gonzalo Hurtado Zamorano, René Iván Espada Navía, Julia Elizabeth Cornejo Gallardo, Brígida Celia Vargas Barañado, e Isidora Jiménez Castro), se han convertido en una amenaza no solo para la realización de las elecciones generales, sino también para el Estado Constitucional de Derecho. Estos magistrados cumplieron su mandato el 1 de enero de 2024, y tenían que haber cesado en sus funciones el 15 de diciembre de 2024; sin embargo, ellos mismos resolvieron en principio “la prórroga de mandato de las autoridades… en actual ejercicio, de manera excepcional y temporal, hasta que se elijan y posesionen a las nuevas autoridades…”

Pero como las elecciones judiciales del 15 de diciembre de 2024, fueron fraccionadas por determinación de los mismos “autoprorrogados”, luego resolvieron además mediante el ACP 0113/2024-0 de 11 de diciembre, ampliar “la prórroga de mandato de las autoridades en actual ejercicio en el Tribunal Supremo de Justicia y el Tribunal Constitucional Plurinacional …” Y como no pueden realizarse juntas las elecciones judiciales complementarias y generales este año, se quedan en sus cargos y le meten nomás… aunque tengan que cargarse al Estado Constitucional de Derecho.

La continuidad de los “autoprorrogados” no solo vulnera las garantías de independencia e imparcialidad, que proclama la Constitución, sino que se han convertido en verdaderos usurpadores de funciones y sus actos rayan en lo delincuencial. Con el aberrante auto constitucional 113/2024-O de 11 de diciembre, estos magistrados han cometido al menos los delitos de resoluciones contrarias a la Constitución y a las leyes, usurpación de funciones y prevaricato, previstos y sancionados en el código penal.

En realidad, la Asamblea Legislativa Plurinacional, arropada por el Órgano Ejecutivo, generó las condiciones (objetivas y subjetivas) para que el tribunal constitucional se haya “autoprorrogado”, minado y torpedeado el Estado Constitucional de Derecho. Tampoco promovieron un juicio disciplinario (político) contra ellos, pese a contar con una mayoría de representantes y las pruebas suficientes. Muy por el contrario, se han ocupado de legalizar y proteger los abusos del tribunal constitucional de los autoprorrogados. 

La controvertida sentencia 0049/2023 de 11 de diciembre, tiene la particularidad de haberse inventado una pretensión que nadie pidió. La decisión constitucional confirma que el gobierno de Luis Arce, había planificado que los conflictos políticos internos del MAS, tenían que haber sido resueltos por las autoridades prorrogadas en sus cargos. Así, en tiempo récord el tribunal constitucional desconoció el congreso de Lauca Ñ, le quitó a Evo Morales la sigla política del MAS, lo inhabilitó y eliminó su liderazgo histórico, y su candidatura presidencial para las elecciones generales de 2025. El gobierno de Luis Arce tampoco promulgó la ley que tenía que haber cesado a los magistrados “autoprorrogados”, sancionada por Andrónico Rodríguez, en su condición de presidente de la ALP.

En todos esos casos, el TCP ha operado como un órgano de validación de los actos del gobierno nacional, al mismo tiempo que ejerce una supremacía sobre las otros Órganos del Estado. El tribunal, lejos de actuar como un control independente (y guardián de la Constitución), se muestra completamente subordinado a la voluntad presidencial, y del gobierno nacional. Las resoluciones del tribunal constitucional no solo erosionaron la independencia e imparcialidad judicial y la institucionalidad democrática sino también se han encargado de generar y promover la corrupción. El TCP ha estado al servicio del poder político y no ha tenido reparados en recortar atribuciones a la Asamblea Legislativa Plurinacional como la fiscalización y la potestad de censurar y destituir a los ministros del gobierno nacional. ¿Quién se beneficia con esta medida?

En forma coincidente, el gobierno nacional y los magistrados “autoprorrogados”, han reiterado que las elecciones generales previstas para el 17 de agosto, están garantizadas. Con base en este compromiso público, los vocales del tribunal supremo electoral consideran que ya no necesitan la normativa sugerida para blindar las elecciones generales. Pero las acciones y recursos no dejan de llegar al tribunal constitucional plurinacional, controlado por los “autoprorrogados”. Una medida que puede garantizar el voto popular es que todas las acciones constitucionales interpuestas y que se interpongan, sean conocidas y resueltas por los magistrados elegidos el 15 de diciembre de 2024.   

El autor es jurista y autor de varios libros.