Ir al contenido principal
 

Nacional Política

Opositor advierte que el Gobierno puede “armar” casos con el proyecto “Lo ajeno no se toca”

El proyecto de ley “Lo ajeno no se toca” protege la identidad de los policías al momento de presentar las pruebas en un proceso sumarísimo en un caso de robo en flagrancia.
17 de mayo, 2024 - 14:39
Compartir en:
Foto: Facebook Eduardo Del Castillo
Foto: Facebook Eduardo Del Castillo

La Paz, 17 de mayo del 2024 (ANF). – El diputado de Comunidad Ciudadana (CC) Alberto Astorga advirtió que el Gobierno podría utilizar el proyecto de ley “Lo ajeno no se toca” del Ministerio de Gobierno a la cabeza de Eduardo Del  Castillo para “armar” casos de persecución penal. 

“Prácticamente acá se pueden armar casos incluso contra la ciudadanía, contra la oposición. Con esto se demuestra que el gobierno, en este caso Eduardo Del Castillo, siempre tiene doble intención para armar casos. Es difícil confiar en alguien que detiene a gente inocente (en la cárcel) y hace escapar peces gordos (del narcotráfico)”, declaró Astorga a la ANF. 

El proyecto tiene por objetivo “descongestionar” el sistema judicial, luchar contra la impunidad y brindar una respuesta inmediata a los hechos de apoderamiento de cosa ajena”. Se prevé castigar con siete años de prisión por los delitos de hurto, robo, robo gravado y abigeato en un proceso sumarísimo especial.

Sin embargo, el proyecto de ley fue tildado de inconstitucional porque va en contra de los artículos 115 y 116 de la Constitución Política del Estado que garantizan el debido proceso y la presunción de inocencia.

El artículo 2 del proyecto de ley establece que el apoderamiento de la cosa ajena será pasible a un proceso sumarísimo bajo tres aspectos: cuando una persona sea encontrada en flagrancia por particular o la Policía Boliviana, imágenes o grabaciones, y porque “Sea identificado al momento de la comisión del delito por testigos y/o entrevista policial”. 

De acuerdo al parlamentario, esta última condición podría ser utilizada para fines políticos, para armar casos porque a solo testimonio de una persona que habría presenciado un acto de robo en flagrancia se puede accionar el proceso sumarísimo. 

Además, el proyecto de ley establece que el fiscal de turno debe emitir la acusación formal en 24 horas y solicitar al juez de sentencia la aplicación del procedimiento sumarísimo especial contra la persona acusada. 

Genera susceptibilidad que para la presentación de las pruebas, establecido en su artículo 3, “los testigos podrán prestar su declaración de forma presencial o a través de medios alternativos, sin la obligación de comparecer en la audiencia”.

Además, establece que “Cuando las y los servidores públicos policiales que intervinieron en el hecho y en la investigación sean convocados para prestar su declaración, podrán solicitar a la o el Juez de Sentencia la reserva de su identidad y datos personales”.

El senador del Movimiento al Socialismo (MAS-arcista) Félix Ajpi defendió el proyecto de ley bajo el argumento que las víctimas merecen que se defiendan sus derechos.

/DPC/nvg/

Etiquetas

  • Lo ajeno no se toca
  • Alberto Astorga
  • Anteproyecto
  • Derechos
  • Debido proceso
  • Presunción de inocencia

Opinión