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Economía

¿Por qué el arcismo se negó a eliminar 7 disposiciones que no afectaban el presupuesto adicional?

La senadora Santamaría acusó al Gobierno de "manipular" la información, porque el artículo 2 garantizaba los recursos adicionales para las entidades del sector público. Calificó de caprichosa la actitud de mantener las disposiciones
14 de noviembre, 2023 - 12:43
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Sesión de la ALP. Foto: Senado
Sesión de la ALP. Foto: Senado

La Paz, 14 de noviembre de 2023 (ANF).- El Gobierno y el arcismo en la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) sabían que la oposición y el bloque evista no iban a aceptar el Presupuesto General del Estado (PGE) reformulado 2023, con las siete disposiciones adicionales rechazadas, sin embargo, insistieron en mantenerlas pese a que no afectaban en la aprobación de los recursos adicionales del consolidado Bs 5.421.775.252 y del total agregado de Bs 6.455.173.440 que  planteó el Órgano Ejecutivo. 

¿Por qué el bloque arcista no aceptó eliminar las disposiciones adicionales si no afectaban al proyecto de Modificaciones al PGE 2023?. El proyecto contaba con cuatro artículos en el que se asignaba un presupuesto adicional consolidado de Bs 5.421.775.252 y un total agregado de Bs 6.455.173.440 para las entidades del sector público; además garantizaba los traspasos intrainstitucionales e interinstitucionales de gasto corriente e inversión pública. Los cuatro artículos no estaban en cuestión, pero sí las disposiciones adicionales que en criterio de la oposición entraron de “contrabando”, aunque no afectaba la asignación de recursos al sector público.

La Ley de Modificaciones al Presupuesto General del Estado 2023 fue rechazado con la mayoría de votos en una sesión de la ALP que duró hasta la madrugada de este martes. En el artículo 2 estaba previsto los recursos adicionales para las entidades del sector público.

En el inciso a) de ese artículo establecía que el “Presupuesto adicional de recursos y gastos para las entidades del sector público, por un importe total agregado de Bs 6.455.173.440 (…), y consolidado de Bs 5.421.775.252. Este artículo no tenía objeción.

Mientras que el inciso b) garantizaba la transferencia de recursos, el texto de la norma decía: “Traspasos presupuestarios intrainstitucionales y interinstitucionales de gasto corriente e inversión pública”. Tampoco tenía oposición.

En tanto que el artículo 4 se refería a una previsión de recursos: “En el marco de la política salarial determinada por el nivel central del Estado, las Entidades Territoriales Autónomas podrán establecer los mecanismos de previsión de recursos necesarios en sus presupuestos institucionales anuales, velando por su sostenibilidad económica”.

La principal objeción de la oposición y del evismo fue al bloque de disposiciones adicionales 

Las disposiciones adicionales que fueron anuladas de la norma y fueron observadas por la oposición y el evismo, no tenían una directa relación con el acceso a recursos por parte de los gobiernos autónomos o las universidades como ha venido argumentando el oficialismo y el Gobierno.

En la disposición adicional primera, por ejemplo, sí hacen referencia a las entidades territoriales, pero respecto a los plazos para la aprobación de las modificaciones presupuestarias en sus entes legislativos. 

La segunda disposición adicional en uno de sus numerales se refería a la autorización al Ministerio de Economía y Finanzas a realizar débitos automáticos de las cuentas corrientes fiscales y/o libretas de los Entes Gestores de Salud que hubieran incumplido con la transferencia a favor del TGN de las reservas de los seguros integradas destinadas al pago de rentas de largo plazo.

Y en otro numeral la redacción era similar, autorizaba al Ministerio de Economía y Finanzas a realizar débitos automáticos de las cuentas corrientes fiscales y/o libretas de las empresas públicas del nivel central del Estado ante el incumplimiento de las resoluciones del Consejo Superior Estratégico delas Empresas Públicas (COSEEP), para lo cual se faculta a la Oficina Técnica para el Fortalecimiento de la Empresa Pública (OFEP) a solicitar el débito automático, adjuntando justificación técnica y legal.

En la tercera disposición se planteaba crear un Fondo de Fomento al Desarrollo de la Ciencia y Tecnología.  En la cuarta, se planteó mediante decreto supremo se reglamentará la constitución y funcionamiento de empresas especializadas.

En la quinta disposición el Ejecutivo introdujo la asignación de recursos a la Procuraduría General del Estado. En la sexta sobre requerimientos de información: “… la Asfi podrá requerir información a las sociedades controladoras de grupos financieros la presentación de información que requiera”.

En la séptima dice que se incorpora en el parágrafo V al artículo 495 de la ley 393 de servicios financieros con el siguiente texto: “Los sujetos obligados, así como sus directores, gerentes, administradores, funcionario responsable, miembros de la unidad de cumplimiento y/o cualquier empleado dependiente, cuando reporten a la UIF de buena fe operaciones sospechosas con independencia de si la actividad ilegal realmente ocurrió o no, estarán exentos de responsabilidad, administrativa, civil y penal, por transgresión de alguna restricción de revelación de información a la que estuvieran obligados al momento de efectuar el reporte, cualquiera fuera su naturaleza. Queda prohibido revelar el hecho de que se está entregando a la UIF un Reporte de Operaciones Sospechosas o la información relacionada al mismo por el carácter confidencial y la obligación de reserva del cual gozan los mismos”.

La oposición sostiene que el Gobierno pretendía introducir las disposiciones transitorias de “contrabando”, sin embargo, estas no afectan al presupuesto ni al traspaso de recursos al sector público. Es más, criticaron que el grueso sea para el ente central y no para los gobiernos autónomos.

“Don David Choquehuanca sabía que esta norma con todas las disposiciones adicionales no se iba a aprobar (…) No podemos aprobar una norma que el día de mañana por ociosidad por curiosidad funcionarios de la Asfi metan sus manos sucias en su patrimonio y le empiecen a perseguir”, afirmó el diputado Héctor Arce.

Según el legislador, estos señores de la Asfi no tendrán ninguna responsabilidad, “van a poder hurgar cualquier cuenta, no hay el derecho a la propiedad privada, se vulnera el derecho a la confidencialidad”.

Por su parte el diputado José Manuel Ormachea precisó que con 92 votos frente a los 62, la ALP rechazó el PGE reformulado. “Siempre le diremos NO a normas contrarias a los intereses del pueblo”.

“Nosotros aprobamos los cuatro artículos de la ley donde están los recursos, pero quitamos las disposiciones adicionales”, señaló la senadora Daly Santa María a la ANF. Lamentó que el presidente de la ALP, David Choquehuanca, haya mantenido una postura “caprichosa” respecto al PGE reformulado sabiendo que esas disposiciones no podían ser aceptadas.

La legisladora manifestó que “Hay una manipulación del Gobierno porque en el articulo 2 ya se aprobaban los recursos”. Choquehuanca debía poner en consideración el proyecto sin las adicionales. Puso a consideración el original, el que ya fue modificado", cuestionó Santa María.

Añadió que existe una intención “oscura” con las disposiciones adicionales sexta y séptima, ya que no correspondía introducirlas en este proyecto de ley referido al presupuesto. 

/NVG/

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