La Paz, 6 de mayo del 2024 (ANF). – La Confederación de Gremiales de Bolivia rechazó este lunes el Decreto Supremo 5143 que “reglamenta la Ley de 15 de noviembre de 1887, de Inscripción de Derechos Reales” porque consideran que el gobierno busca atentar contra la propiedad privada en el país.
El secretario general de los gremiales de Bolivia, Javier Aranda, advirtió al gobierno de Luis Arce que harán retroceder la aplicación del DS 5143, así como lo hicieron con el tratamiento de otras normas como de legitimación de ganancias ilícitas.
El sector se declaró en estado de emergencia y el 13 de mayo tomará medidas de presión en su ampliado de Tarija.
“(Quieren) perjudicarnos y adueñarse de nuestras propiedades, está más claro que el agua; el gobierno quiere entrarse a nuestra propiedad y adueñarse. Cómo va a emitir un decreto para entrar (a mandar) en Derechos Reales. ¿Dónde estamos ultimadamente, en que país estamos viviendo?”, cuestionó Aranda por la ANF.
En la misma línea, el representante de los gremiales de El Alto Antonio Siñani informó que este martes protagonizarán una marcha de protesta en el centro paceño en contra del DS 5143, y otras dos (normas), porque atenta contra ese sector productivo.
“Nosotros como gremiales el día y mañana (martes) vamos a salir en protesta en contra de estas leyes y decretos supremos, porque realmente atenta y afecta a todo el pueblo boliviano en general”, declaró Siñani.
Cuestionan el artículo 6 que indica que “El Consejo de la Magistratura mediante Acuerdo constituirá la máxima Instancia Competente Nacional del Registro de Derechos Reales. La autoridad que esté a cargo será designada por un periodo de cinco (5) años”.
Según Siñani hay una intromisión del Órgano Ejecutivo al Órgano Judicial (Consejo de la Magistratura) al poner una autoridad designada para cinco años.
El abogado José Luis Santistevan explicó que un artículo periodístico que “desde antes de la Constitución Política del Estado, 07 febrero de 2009, los Derechos Reales se regulan por ley (código civil) y (…) conforme a la disposición transitoria séptima de la Ley 025 del Órgano Judicial, solo una ley especial puede regular los registros de derechos reales”, no un decreto supremo.
Además, el DS fue cuestionado porque en su disposición transitoria tercera establece que “El Consejo de la Magistratura en coordinación con la Agencia de Gobierno Electrónico y Tecnología de la Información y Comunicación (AGETIC) implementará el Sistema Único del Registro de Derechos Reales”. El hecho fue cuestionado porque esa institución pertenece al Órgano Ejecutivo, no al Judicial. Habría una intromisión a la independencia de poderes.
/DPC/nvg/
Articulo sin comentarios