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Nacional Sociedad

Entra en vigencia normas para manejo de residuos hospitalarios

ANF B2379 19:14:37 10-06-2002 VAR SALUD-DESECHOS HOSPITALAROIOS Entra en vigencia normas para manejo de residuos hospitalarios . Todos los hospitales, clínicas y centros de atención en salud tienen dos meses para ajustarse a la nueva disposición. La Paz, JUN 10 (ANF).- El Ministerio de Salud anunció la aprobación de la normativa para el manejo de residuos hospitalarios que dentro de 60 días será de aplicación obligatoria en todos los hospitales y centros de atención médica de todo el sistema nacional de salud. El ministro del área, Enrique Paz Argandoña informó que esta disposición de carácter ambiental en salud pública será ejecutada mediante los municipios y los servios Departamental de Salud (SEDES), instancias que deberán construir la infraestructura necesaria para su efectivo cumplimiento. La nueva disposición gubernamental establece la obligatoriedad de contar con sistemas de incineración en todos los hospitales, públicos, privados y de la seguridad social, además de la forma en que debe ser manipulada ese tipo de desechos, es decir, jeringas, medicamentos, placentas, comidas y todo material de uso médico. Explicó que los 60 días de plazo establecidos responde al instruido por Ley para la respectiva adecuación de todos los centros hospitalarios que no cuenten con esa infraestructura. En lo que hace a los hospitales dependientes del Ministerio de Salud, puntualizó que son los municipios y los SEDES las instancias encargadas de efectuar las inversiones necesarias para el equipamiento con incineradoires, además de la construcción de áreas específicas en los botaderos de basura. Esta tarea también será coordinada con el Ministerio de Desarrollo Sostenible mediante su repartición de cuidado ambiental, de modo que se ajuste a la Ley del Medio Ambiente (1333), a fin de que las personas que trabajan como recicladores artesanales cuenten con mayor seguridad para evitar cualquier contagio por contacto directo con este tipo de desechos, clasificados como peligrosos. Paz Argandoña remarcó la obligación que tienen las alcaldías y SEDES de utilizar una parte del 10 % de los recursos otorgados mediante el alivio a la deuda externa (HPIC-II) para invertir en esa infraestructura. La virtud de las alcaldías y SEDES será su capacidad de poder usar parte de esos dineros para apalancar más recursos mediante el Fondo Productivo Social (FPS) y la cooperación internacional para este tipo de equipamiento en salud pública, remarcó. "Salud pública no es sólo cuestión de postas de salud y hospitales, sino también de educación y dotación de la infraestructura urbana adecuada. Como botaderos de basura", destacó el Ministro de Salud. Por otra parte, recordó que la tendencia a la municipalización de los fondos públicos en salud es un hecho, en este sentido son las alcaldías de prefecturas de Departamento las que debe actuar para la atención de esta necesidad básica. (MM)
10 de Junio, 2002
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ANF B2379 19:14:37 10-06-2002VAR SALUD-DESECHOS HOSPITALAROIOSEntra en vigencia normas para manejo de residuos hospitalarios. Todos los hospitales, clínicas y centros de atención en salud tienen dos meses para ajustarse a la nueva disposición.La Paz, JUN 10 (ANF).- El Ministerio de Salud anunció la aprobación de la normativa para el manejo de residuos hospitalarios que dentro de 60 días será de aplicación obligatoria en todos los hospitales y centros de atención médica de todo el sistema nacional de salud. El ministro del área, Enrique Paz Argandoña informó que esta disposición de carácter ambiental en salud pública será ejecutada mediante los municipios y los servios Departamental de Salud (SEDES), instancias que deberán construir la infraestructura necesaria para su efectivo cumplimiento.La nueva disposición gubernamental establece la obligatoriedad de contar con sistemas de incineración en todos los hospitales, públicos, privados y de la seguridad social, además de la forma en que debe ser manipulada ese tipo de desechos, es decir, jeringas, medicamentos, placentas, comidas y todo material de uso médico.Explicó que los 60 días de plazo establecidos responde al instruido por Ley para la respectiva adecuación de todos los centros hospitalarios que no cuenten con esa infraestructura.En lo que hace a los hospitales dependientes del Ministerio de Salud, puntualizó que son los municipios y los SEDES las instancias encargadas de efectuar las inversiones necesarias para el equipamiento con incineradoires, además de la construcción de áreas específicas en los botaderos de basura. Esta tarea también será coordinada con el Ministerio de Desarrollo Sostenible mediante su repartición de cuidado ambiental, de modo que se ajuste a la Ley del Medio Ambiente (1333), a fin de que las personas que trabajan como recicladores artesanales cuenten con mayor seguridad para evitar cualquier contagio por contacto directo con este tipo de desechos, clasificados como peligrosos.Paz Argandoña remarcó la obligación que tienen las alcaldías y SEDES de utilizar una parte del 10 % de los recursos otorgados mediante el alivio a la deuda externa (HPIC-II) para invertir en esa infraestructura.La virtud de las alcaldías y SEDES será su capacidad de poder usar parte de esos dineros para apalancar más recursos mediante el Fondo Productivo Social (FPS) y la cooperación internacional para este tipo de equipamiento en salud pública, remarcó."Salud pública no es sólo cuestión de postas de salud y hospitales, sino también de educación y dotación de la infraestructura urbana adecuada. Como botaderos de basura", destacó el Ministro de Salud. Por otra parte, recordó que la tendencia a la municipalización de los fondos públicos en salud es un hecho, en este sentido son las alcaldías de prefecturas de Departamento las que debe actuar para la atención de esta necesidad básica. (MM)

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