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Nacional Sociedad

DESCONOCIENDO LA LEY INRA Y LA REFORMA TRIBUTARIA

ANF J3702 09:05:30 29-01-1999 VAR INRA-IMPUESTOS-CAMPESINOS DESCONOCIENDO LA LEY INRA Y LA REFORMA TRIBUTARIA LOS MUNICIPIOS SE EMPECINAN EN COBRAR IMPUESTOS La Paz, ENE 29 (ANF).- El director nacional del Instituto Nacional de Reforma Agraria, René Salomón Vargas denunció que varios municipios del país obligan a los campesinos e indígenas a pagar impuestos por bienes inmuebles rurales. La autoridad recordó que dentro el marco jurídico vigente y respetando los derechos principios emanados de la Constitución Política del Estado la pequeña propiedad y la comunidad campesina no pagan estos impuestos. René Salomón explicó que son varias las ocasiones en la que los pequeños productores y comunarios de diferentes regiones del país se acercaron a esa institución a denunciar que en sus municipios les obligan a pagar impuestos a los bienes inmuebles, tal como ocurrió en la última reunión de la Comisión Agraria Departamental (CAD) de Santa Cruz. Esto hace necesario enfatizar que la Ley 1715, conocida como Ley INRA, en su artículo cuarto, punto tercero, señala claramente que la pequeña propiedad y los inmuebles de las comunidades campesinas, indígenas y originarias están exentos del pago de impuestos, aspecto respaldado por lo dispuesto en la Ley 843 que determina el marco jurídico tributario del país. La Ley 843 y su texto ordenado Ley 1606, indica, textualmente, en su artículo 53, inciso b), párrafo tercero, que están exentos de pagar impuestos "los inmuebles rurales no afectados a actividades comerciales o industriales, propiedad de comunidades originarias, ex haciendas, comunidades nuevas, ayllus, capitanías, tentas, pueblos llamados indígenas, grupos étnicos, tribus selvícolas y otras formas de propiedad colectiva y/o proindiviso que forman parte de las comunidades y la pequeña propiedad campesina establecida conforme a la Ley de Reforma Agraria". Señaló que en conversación con la Dirección de Impuestos Internos y las instituciones recolectoras de impuestos se ha coincidido en iniciar una campaña al respecto, porque es una obligación del Estado informar sobre los derechos y deberes de sus habitantes. Dentro de este contexto, el INRA, cumpliendo sus funciones, dio los primeros pasos y conjuntamente con la CAD de Santa Cruz iniciará las acciones necesarias en los municipios de Yapacaní, Camiri, Warnes, Pailón, San Julián y San Pedro, donde se sabe que están haciendo cobros de impuestos a los pequeños productores y propiedades comunales. Añadió que acciones similares se tomarán en los demás departamentos y en lugares donde haya referencias de que se están haciendo los mencionados cobros. Por último, Salomón señaló que estas acciones se concretarán con la participación del Viceministerio de Asuntos Indígenas y Pueblos Originarios (VAIPO), y otras instancias del Poder Ejecutivo. (wpt)
29 de Enero, 1999
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ANF J3702 09:05:30 29-01-1999VAR INRA-IMPUESTOS-CAMPESINOSDESCONOCIENDO LA LEY INRA Y LA REFORMA TRIBUTARIALOS MUNICIPIOS SE EMPECINAN EN COBRAR IMPUESTOSLa Paz, ENE 29 (ANF).- El director nacional del Instituto Nacional de Reforma Agraria, René Salomón Vargas denunció que varios municipios del país obligan a los campesinos e indígenas a pagar impuestos por bienes inmuebles rurales.La autoridad recordó que dentro el marco jurídico vigente y respetando los derechos principios emanados de la Constitución Política del Estado la pequeña propiedad y la comunidad campesina no pagan estos impuestos.René Salomón explicó que son varias las ocasiones en la que los pequeños productores y comunarios de diferentes regiones del país se acercaron a esa institución a denunciar que en sus municipios les obligan a pagar impuestos a los bienes inmuebles, tal como ocurrió en la última reunión de la Comisión Agraria Departamental (CAD) de Santa Cruz. Esto hace necesario enfatizar que la Ley 1715, conocida como Ley INRA, en su artículo cuarto, punto tercero, señala claramente que la pequeña propiedad y los inmuebles de las comunidades campesinas, indígenas y originarias están exentos del pago de impuestos, aspecto respaldado por lo dispuesto en la Ley 843 que determina el marco jurídico tributario del país. La Ley 843 y su texto ordenado Ley 1606, indica, textualmente, en su artículo 53, inciso b), párrafo tercero, que están exentos de pagar impuestos "los inmuebles rurales no afectados a actividades comerciales o industriales, propiedad de comunidades originarias, ex haciendas, comunidades nuevas, ayllus, capitanías, tentas, pueblos llamados indígenas, grupos étnicos, tribus selvícolas y otras formas de propiedad colectiva y/o proindiviso que forman parte de las comunidades y la pequeña propiedad campesina establecida conforme a la Ley de Reforma Agraria". Señaló que en conversación con la Dirección de Impuestos Internos y las instituciones recolectoras de impuestos se ha coincidido en iniciar una campaña al respecto, porque es una obligación del Estado informar sobre los derechos y deberes de sus habitantes. Dentro de este contexto, el INRA, cumpliendo sus funciones, dio los primeros pasos y conjuntamente con la CAD de Santa Cruz iniciará las acciones necesarias en los municipios de Yapacaní, Camiri, Warnes, Pailón, San Julián y San Pedro, donde se sabe que están haciendo cobros de impuestos a los pequeños productores y propiedades comunales. Añadió que acciones similares se tomarán en los demás departamentos y en lugares donde haya referencias de que se están haciendo los mencionados cobros. Por último, Salomón señaló que estas acciones se concretarán con la participación del Viceministerio de Asuntos Indígenas y Pueblos Originarios (VAIPO), y otras instancias del Poder Ejecutivo. (wpt)

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