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Justicia

Sala Constitucional declara desiertas las elecciones para el TCP y el TSJ en algunos departamentos

La sala constitucional cuarta concedió la tutela a Hugo Vargas Palenque, quien impugnó la aplicación de la Ley Transitoria para las Elecciones Judiciales de 2024.
7 de noviembre, 2024 - 09:54
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La Paz, 7 de noviembre de 2024 (ANF).-  El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) decidió declarar desierta la convocatoria a magistradas y magistrados para el TCP en los departamentos de Pando, Cochabamba, Santa Cruz, Beni y Tarija; la decisión se repite para elegir a los candidatos al Tribunal Supremo de Justicia en Beni y Pando. 

La sala constitucional cuarta concedió la tutela a Hugo Vargas Palenque, quien impugnó la aplicación de la Ley Transitoria para las Elecciones Judiciales de 2024. El principal argumento fue que en la lista final de candidatos existían postulantes reprobados en las fases de evaluación, situación que no habría sido observada por el Tribunal Supremo Electoral (TSE) cuando recibió la nómina aprobada en la Asamblea Legislativa.

“CONCEDER la tutela solicitada por Hugo Vargas Palenque; disponiendo: La inaplicación del art. 37.II de la Ley Transitoria Para las Elecciones Judiciales 2024 (Ley 1549 de 6 de febrero de 2024), por ser manifiestamente contrario a las normas constitucionales mencionadas; Declarar desierta la convocatoria a Magistradas y Magistrados para el Tribunal Supremo de Justicia en los departamentos de Beni y Pando; Declarar desierta la convocatoria a Magistradas y Magistrados para el Tribunal Constitucional Plurinacional en los departamentos de Pando, Cochabamba, Santa Cruz, Beni y Tarija”, dice la resolución de la Sala Cuarta del TCP.

El documento ordena volver a emitir una nueva convocatoria para los el TCP y TSJ en los departamentos donde fueron declarados desiertos.

Dentro de la argumentación, se resalta que corresponde aplicar los parámetros señalados de meritocracia e idoneidad de 130 puntos como mínimo para cada candidato, aplicando criterios de flexibilización en algunos requisitos con las mujeres autoidentificadas como indígenas-originarias, pero sin resignar los criterios de idoneidad.

“Con relación a la meritocracia e idoneidad, tal como fue señalado en el punto anterior, este Tribunal considera fundamental para garantizar que las instituciones públicas estén dirigidas por personas competentes y comprometidas, para contribuir a la eficacia, la transparencia y la confianza en el sistema democrático, aspecto decisivo para asegurar que los elegidos cumplan con las expectativas y responsabilidades de su función, siendo que la idoneidad asegura que todos los candidatos sean evaluados bajo los mismos criterios, promoviendo una competencia electoral justa”, dice una parte del documento.

Autoridades del TSE advirtieron que el TCP pretende frenar las elecciones judiciales para seguir manteniendo a las autoridades prorrogadas en sus cargos por más de un año. Además, indicaron que existe el principio de preclusión, figura que imposibilita impugnar fases anteriores del proceso de las elecciones judiciales.

Al respecto, el TCP dice en la resolución que por esta vez corresponde hacer una excepción al principio de preclusión porque no existe riesgo de un vacío de poder o acefalías en el funcionamiento del Órgano Judicial, debido a que la sentencia que posibilita la prórroga de magistrados y garantiza el normal desarrollo de la justicia boliviana hasta que existan nuevas autoridades electas.

“Por ende, ya no existe la necesidad jurídica de completar las etapas del proceso eleccionario cumplidas hasta la fecha, dentro de los plazos establecidos anteriormente para evitar la suspensión del servicio de justicia y del vacío de poder, ello, sumado a la inexistencia de vías de impugnación para la etapa de evaluación de postulantes, hacen necesario garantizar el debido proceso electoral; por lo tanto, en el caso analizado, por las razones anotadas, corresponde hacer una excepción al principio de preclusión”, indica una parte del documento.

 

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