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Justicia

Con garantía de la ley 1549, descartan que Acción de Amparo frene preselección para las judiciales

El 12 de marzo, un postulante al TCP presentó una acción de Amparo Constitucional exigiendo la inhabilitación de funcionarios públicos como candidatos; de lo contrario, pidió frenar del proceso de preselección.
14 de marzo, 2024 - 14:32
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Comisiones Mixtas de Constitución y Justicia Plural. Foto: ANF
Comisiones Mixtas de Constitución y Justicia Plural. Foto: ANF

La Paz, 14 de marzo del 2024 (ANF). – Amparados en la Ley 1549 Transitoria para las Elecciones Judiciales del 2024, las Comisiones Mixtas de Constitución y Justicia Plural descartaron este jueves que la acción de Amparo Constitucional presentada por un candidato frene el proceso de preselección que está en la etapa de revisión de requisitos.

El presidente de la Comisión de Justicia Plural de la Cámara de Diputados, Froilán Mamani, recordó que la mayor garantía para que el proceso continúe adelante es la Ley aprobada en la Asamblea Legislativa y promulgada por el Órgano Ejecutivo.

“La ley en propuesta, en ese entonces la ley 144, ha tenido que pasar las consultas constitucionales y la ley como tal ha sido revisada constitucionalmente. Cumple con todos los argumentos jurídicos. Si el (postulante) ha presentado (una Acción de Amparo), seguramente debe ser por alguna situación; de pronto están vulnerando sus derechos, caso contrario, lamentablemente, eso no vale”, declaró Mamani a la ANF.

El martes, Wilmer Juan Vásquez, candidato a magistrado del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), presentó una Acción de Amparo Constitucional ante la Sala Constitucional Cuarta de La Paz exigiendo se excluya del proceso de preselección a los funcionarios postulantes; caso contrario, solicitará frenar el proceso de preselección.

 

 

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/DPC/FPF//

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  • Elecciones judiciales 2024
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