
La Paz, 2 de abril de 2025 (ANF). - El directorio del Banco Central de Bolivia (BCB) aprobó la resolución 028/2025 de modificación al Reglamento para la Administración de Reservas Internacionales, donde incorporó un capítulo que permite “pignorar” (empeñar) las Reservas Internacionales en oro con el objetivo de acceder a créditos externos.
“Con fines de fortalecimiento de las Reservas Internacionales y apoyo a la Balanza de Pagos, el BCB podrá contratar créditos y/o realizar operaciones de financiamiento con entidades financieras o no financieras sean estas públicas o privadas o con organismos internacionales, pudiendo constituir depósitos en custodia, instrumentos de cobertura, así como disponer y pignorar las Reservas Internacionales”, señala el artículo 27 que fue incorporado en el reglamento.
La resolución que revisó la ANF, publicada en el portal del BCB, fue aprobada por el directorio este pasado 6 de marzo. El Reglamento para la Administración de Reservas Internacionales contiene 26 artículos y fue aprobado por el directorio del BCB en 2023, pero con la modificación se incluyó un capítulo con cuatro enunciados adicionales que regula las operaciones de empeño de las reservas.
Esa resolución surge con relación a lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley del Presupuesto General del Estado (PGE) 2025, el cual autoriza al BCB poner en garantía sin desplazamiento las reservas de oro para el endeudamiento público mediante emisión de títulos valor en mercados de capital externos.
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