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Cuidado de la casa común

El Senado aprueba la abrogación de dos normas “incendiarias” de la época de Evo y remite a Diputados

Se trata de la Ley 337 de enero de 2013, De apoyo a la producción de alimentos y restitución de bosques y sus modificaciones y, de la Ley 1171 de abril de 2019, De Uso y manejo racional de quemas.
12 de septiembre, 2024 - 16:48
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La directiva del Senado en la sesión de este jueves. Foto: Senado
La directiva del Senado en la sesión de este jueves. Foto: Senado

La Paz, 12 de septiembre de 2024 (ANF).-  El pleno de la Cámara de Senadores aprobó este jueves la abrogación de leyes denominadas “incendiarias” y remitió las normas para su tratamiento a la Cámara de Diputados. 

“El Senado abrogó las Leyes 1171 y 337, conocidas como leyes incendiarias. Con esto, comenzamos a garantizar la protección del medio ambiente, la salud pública y la biodiversidad frente a las quemas descontroladas que este gobierno ecocida permitió por años. ¡Sigamos luchando!”, afirmó la senadora Andrea Barrientos.

Se trata de la Ley 337 de enero de 2013, “De apoyo a la producción de alimentos y restitución de bosques y sus modificaciones" y, de la Ley 1171 de abril de 2019, “De uso y manejo racional de quemas”, el que fue aprobado por dos tercios de los presentes en la sesión.

Después de aprobarse las leyes de abrogación, ambas fueron remitidas a la Cámara de Diputados para fines constitucionales.

Instituciones, organizaciones sociales medioambientales, opositores desde la época del gobierno de Evo Morales cuestionaron estas leyes, advirtieron que alentaban los incendios sin que existan sanciones drásticas, pero ni en esa época ni ahora se quiso anularlas.

El objetivo de la Ley 1171 era definir los lineamientos de la política de manejo integral del fuego en el territorio nacional; establecer el régimen de sanciones administrativas por quemas sin autorización; y, establecer con carácter excepcional un período de regularización en el pago de deudas y multas por quemas sin autorización. Según conoció la ANF, esta norma no ha sido reglamentada.

En tanto que, la Ley 337 tiene el objeto de establecer un régimen excepcional para el tratamiento de predios con desmontes que se hayan realizado sin autorización entre el 12 de julio de 1996 y el 31 de diciembre de 2011, cuyos beneficiarios se acojan al “Programa de Producción de Alimentos y Restitución de Bosques”, que tiene carácter de interés nacional y utilidad pública.

/ANF/

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