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Opinión

Vacuna por muertes extrajudiciales: Indemnización y pérdida de personería del MAS IPSP

2 de Mayo, 2024
PEDRO GARECA PERALES
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Desde la irrupción al poder de gobierno del Movimiento al Socialismo e Instrumento Social para la Soberanía de los Pueblos (MAS IPSP) el entonces primer presidente indígena Evo Morales Ayma respaldado en su Estatuto de ser un partido democrático, plural e inclusivo de las clases más empobrecidas, acunó una frase que gobernaría “escuchando al pueblo”. 

A partir de su posesión el 22 de enero de 2006 afirmó respetar la Constitución y, en su caso, sustituirla con una nueva que permita transformar al nuevo Estado boliviano al servicio de las mayorías sociales que por más de dos tercios de votos han confiado en su administración, para erradicar la corrupción, el narcotráfico y eliminar los pactos y acuerdos políticos traducidos en repartijas de ministerios e instituciones a los que el neoliberalismo nos tenía acostumbrado, según su visión.

Esa cualificación mayoritaria permitió la conformación de la Asamblea Constituyente para redactar la nueva Constitución, que a diferencia de la de 1967, esta terminó siendo aprobada en cuarteles, con  ciclos itinerantes, cargándose 3 muertos en la Calancha producto de la desproporcional arremetida de la fuerza policial a cargo del mariscal de la Calancha el exministro de gobierno Alfredo Rada Vélez, sin que hasta la fecha haya respondido por esos crímenes planificados desde el gobierno de Morales Ayma, Álvaro García Linera y el ministro de economía que funge hoy como presidente de la República del Estado Plurinacional.

En el marco de la presunción de inocencia, se le atribuye a la primera autoridad de Bolivia el mago de la economía blindada, el despilfarro de más de 14.000 millones de dólares en épocas de bonanzas de los precios altos del gas y los hidrocarburos; 244 millones de bolivianos en las elecciones generales anuladas el 20 de octubre de 2019 por fraude del MAS IPSP; 7,1 millón de dólares en el museo de Evo Morales en Orinoca; el pago de más de 1.238 millones de dólares por indemnización a empresas extranjeras supuestamente nacionalizadas exigidas por laudos arbitrales; los 194,8 millones de dólares por indemnización y 10,21 millones de dólares por intereses a consecuencia del retraso a la Gestora de los Jubilados a favor del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA); los lujitos del avión presidencial para Evo Morales  adquirido del Manchester United por 38,7 millones de dólares (4-08-2012) que se utilizó para asistir a mundiales de futbol en Sud África, Brasil y Rusia y que solo a este último país y China se gastó 1,5 millones de dólares; 30 millones de dólares en las18 barcazas chinas que se estafaron al país y los 23 millones de dólares que reportó la demanda marítima ante la Corte Internacional de Justicia de la Haya (CIJ) que decidió que Chile no está obligado a negociar una salida marítima con soberanía (1-10-2018), que respecto a la Diplomacia chilena solo gastó 5 millones de dólares; 18 millones de dólares que representó atender la contrademanda presentada por Bolivia sobre las aguas del Silala, el fallo de la CIJ demitido el 1 de diciembre de 2022 determinó que ambas partes estaban de acuerdo en que se trataba de un río internacional y todos los requerimientos sobre compensación económica por centenar de años la Corte Internacional de Justicia adujo que perdió objeto por el acuerdo alcanzado entre ambas partes (Bolivia-Chile); las empresas públicas creadas por el MAS perdieron 4.058 millones de dólares en 16 años; 342 millones de dólares por concepto de importación de diésel y gasolina según Luís Fernando Romero Torrejón Estos datos son suficientes para justificar el daño económico al estado y a  los ciudadanos de Bolivia que producen y aportan para que los demonios del socialismo del siglo XXI dejen las reservas fiscales en  2.087 millones de dólares (enero de 2024); la pérdida y corrupción en banda ancha en la empresa de YLB por el orden de 425 millones de bolivianos que data desde 2013 (entre ejecutivos evistas y directivos arcistas), y el escandaloso robo de dinero que salían del BCB en saquillos que la prensa registró el carguío en el aeropuerto de Asunción al avión que transportaba a los asaltantes del Banco Central que huían de Bolivia por el fraude electoral de 2019, ¿eso fue responsabilidad de los opositores? o ¿doble responsabilidad del que está hoy en la presidencia? La verdad que no se necesita ser ilustrado para dar una respuesta en tiempo en que la corrupción y delincuencia de la administración pública son honradas con la impunidad por el sistema de la revolución moral de los 18 años de gobierno (MAS IPSP); por ello, cuando los fiscales y la justicia interna no funciona, la jurisdicción internacional se activa y las carcel está lista para los huéspedes de violación de derechos humanos en dictaduras, y obviamente para los cómplices por omisión.

Las procesiones densas de daño económico sistemático por el partido gobernante del MAS IPSP, también están acompañadas de otras que violan el Estado de Derecho y los derechos humanos. Así, en vigencia de la Constitución de 7 de febrero de 2009 aprobada por referéndum con 61,43%, desde la Ciencia del Derecho Constitucional fue una Carta Fundamental híbrida al permitir la intervención del Legislador ordinario que modificó más de 100 artículos para compatibilizarlos con las Convenciones Internacionales sobre Derechos Humanos. Pero, no fue solo este hecho que desvirtuó la finalidad de los Constituyentes, sino que tres docentes de la Universitat de Valencia: Roberto Viciano, Rubén Martínez Dalmau y Hernández, participaron en la redacción del texto preliminar como consultores de Evo Morales, este último la calificó desde el aula de su Universidad como una “Constitución ortopédica” al mantener en su estructura dos sistemas jurídicos de la misma jerarquía, referida a la justicia ordinaria y la justicia comunitaria. 

Asimismo, como el sistema de elección para Magistrados que promocionaron como “el modelo exportable” a los 187 países del planeta, tal como si se tratara de revolucionar los mercados con el producto auténtico, que en realidad en 2 periodos 2011-2017 y 2018-2023 con el plus de autoprorrogados en causa propia y en beneficio del colectivo subyugado al gobierno, ha sido un fracaso total la elección, tanto por el rechazo democrático de votos en contra, nulos y blancos (80 y 90%) y la tozudez de posesionar a magistrados ilegítimos. La misma suerte corre el proceso paralizado de preselección y elección de 2024, disparado por 5 acciones de amparo constitucional en la que los accionantes fueron tutelados en sus reclamos de inhabilitación y una Acción popular interpuesta por Yeny Dury Bautista, que denuncia la violación de derechos de las mujeres indígenas, por no estar representadas entre candidatos de Pando como fija la Ley 1549. 

En torno a esta Acción Popular que despertó la atención de juristas  y la ciudadanía en general, la Sala Constitucional Primera de Pando en fecha 30 de abril, concedió la tutela a la  a la accionante Yeny Duri Bautista y dejó sin efecto todo el proceso de preselección y elección judicial para magistrados y dispuso que se deba realizar un nuevo proceso de preselección, por vulnerarse el derecho de igualdad de mujeres y pueblos indígenas originarios del departamento de Pando. Por tanto, vuelve a fojas cero todo el proceso y una vez más el modelo funciona mal cuando no hay separación de poderes y vivimos con una justicia constitucional sumisa al régimen político. Nos preguntamos ¿Quién puede exigir a las mujeres de cultura indígena de Pando u de otro departamento a que se postulen a Altos cargos judiciales si eso depende de la voluntad de conciencia de cada persona? Lo cierto es que la exigencia no cuaja con la autonomía de voluntad de la mujer que se autoidentifique con alguna cultura originaria indígena campesina y, menos con la idoneidad moral, ética, jurídica, experiencia y competencia profesional especializada que demandan estas funciones; y, en lo fundamental, ¿Quién garantiza que el nuevo proceso no sea neutralizado por la maquinita del gobierno de los vocales constitucionales y los que deciden en revisión (TCP autoprorrogados)?

En medio de este nuevo apagón de luz, cargado de incertidumbres, el pueblo boliviano sigue desprotegido en sus derechos fundamentales y derechos humanos, porque el Estado no cumple ni garantiza la finalidad democrática de respetar la voluntad soberana del pueblo que rechazó por dos veces consecutivas a jueces surgidos del embrión político. De ahí, la justicia caótica que tenemos en esa autopista de consecuencias graves contra la democracia, las libertades y la propiedad privada por la sandez sistemática y selectiva del MAS IPSP.

En un segundo reparto y con el propósito de aportarle valor a los ciudadanos de Bolivia, de hacer responsable a los gobernantes de sus actos, como elementos causales para aplicar la vacuna por muerte extrajudiciales atribuidas al gobierno del  MAS IPSP en su cúpula mesiánica (Estado), que ya saborean la hiel de las indemnizaciones impuestas desde la Comisión IDH, la Corte IDH y los tribunales arbitrales por violación a los derechos humanos en forma sistemática; sobre todo, si han robado el alma a la democracia y la dignidad de los bolivianos, identificamos  las bases sólidas de la eliminación como partido político:

  1. La Constitución de 2009 se cargó el féretro de los 5 magistrados titulares y 5 suplentes del primer Tribunal Constitucional de Bolivia que comenzó sus funciones jurisdiccionales en 1999, el instrumento letal para la destrucción planificada por Evo Morales y sus asesores que están de embajadores, fueron el desfile de demandas falsas que dañaron la honorabilidad y prestigio de los magistrados.
  2. La Constitución vigente no reconoce en sus 411 artículos que el presidente del Estado Plurinacional designe por Decreto Supremo a magistrados interinos: militantes políticos o afines, a los cargos del Tribunal Supremo de Justicia y Tribunal Constitucional Plurinacional, sin embargo, Evo Morales Ayma procedió a nombrar interinos en 2009-2010. Esta medida antidemocrática e inconstitucional vulneró los arts. 1, 11.I y II, numerales 1 y 2 y 158.I, numeral 5 de la CPE.
  3. El MAS IPSP presidido por Evo Morales como presidente del Estado Plurinacional y presidente legal y legítimo de la organización política reconocido así por el Tribunal Supremo Electoral (TSE) y por ende su Estatuto, en complicidad con el exvicepresidente Álvaro García Linera, su gabinete de la que formó parte el exministro de economía, Luís Arce Catacora, actual presidente del Estado de Bolivia en rara conexión con ciertos líderes de la clase política opositora de la época, decidieron no computar los mandatos anteriores (2006-2009) bajo las normas de la Constitución de 1967, pese a la que la Constitución de 2009 en su Disposición Transitoria Primera, parágrafo II mandaba lo contrario, textual: “Los mandatos anteriores a la vigencia de esta Constitución serán tomados en cuenta a los efectos del cómputo de los nuevos periodos de funciones”. Es muy visible, que Evo Morales, Luís Arce Catacora y todo sus circulo político, inventaron la trama que al ser un nuevo estado refundado, su primer periodo se contaría recién a partir del 22 de enero de 2010-2014. Este acuerdo sesgado les resta vocación constitucional y, hasta la torpedean ambos a la Constitución (CPE), así como menosprecian al Constituyente y al soberano que aprobó la Constitución en Referéndum.
  4. Durante del desarrollo del mandato presidencial 2015-2019, como quien dice a quien madruga Dios le ayuda, pero desde luego, no a los judas, Evo Morales Ayma en coordinación con el Tribunal Supremo Electoral (TSE), la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) y la consulta al Tribunal Constitucional Plurinacional de las preguntas (TCP), aprobaron convocar a Referéndum el 21 de febrero de 2016, para preguntar al pueblo boliviano si estaban de acuerdo con modificar el artículo 168 de la CPE, que establece la reelección por una sola vez de manera continua; es decir, que el límite la dio del Constituyente no más allá de los 10 años. El soberano en los resultados oficiales que dio a conocer por entonces la expresidenta del Tribunal Supremo Electoral, Khatia Uriona le dijo “No a la reelección indefinida” con el 51,3% frente al 48,7% que se inclinó por el sí. 

Por tanto, los bolivianos democráticamente no permitieron que Evo Morales se presente a “un cuarto mandato presidencial”. No conforme con los resultados el mal llamado indio del sur por su inspirador Hugo Chávez (+) promovió que senadores y diputados de su organización política (con 2/3 en ambas cámaras) entre ellos la exsenadora Nélida Sinfuentes, presentaron un recurso constitucional de interpretación del art. 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos al ser más favorable en su alcance que el art. 168 de la Constitución. El TCP condescendiente con los afanes de perpetuidad del líder cocalero en función de gobierno emitió la SCP 084/2017 de 28 de noviembre, reconociendo el derecho humano a la reelección indefinida a Evo Morales. El grosero error del caudillo fue desconocer los efectos vinculantes del 21f y subvalorar la democracia participativa, en cuyo caso vulneró nuevamente la Constitución en sus arts. 9.5 y 11.I. II, numeral 1 de la CPE. Evo Morales se creyó el cenit del absolutismo boliviano, como lo hizo Luís XIV en Versalles en 1715 con la frase: “El Estado soy yo”.

  1. El Informe preliminar de la OEA de 10 de noviembre y el Final de la Auditoría especializada que realizó la OEA en 4 de diciembre de 2019, de más de 96 páginas de análisis y más de 500 páginas de Anexos, realizada por un equipo de 36 especialistas y auditores de 18 nacionalidades a los resultados electorales de 20 de octubre de 2019, el organismo regional concluyó: “que existió una manipulación dolosa e “irregularidades graves” en alteraciones de las actas de escrutinio y falsificación a firmas de los jurados electorales que hacen imposible validar los resultados emitidos originalmente por las autoridades electorales que mostraron su parcialidad y no velaron por la legalidad e integridad del proceso. Esta serie de irregularidades estuvieron encaminadas a alterar la voluntad expresada en las urnas. Se constató que en el procesamiento de resultados se redireccionó el flujo de datos a 2 servidores ocultos y no controlados por personal del TSE, lo que posibilitó la manipulación de datos y la suplantación de actas, obviamente a favor del MAS IPSP favoreciendo a Evo Morales. Ante este fraude monumental descubierto por el organismo regional y que fue comunicado a Evo Morales y Álvaro García Linera, expresidente y exvicepresidente, tuvieron que renunciar a sus cargos, porque el pueblo rebelde e indignado en las calles no soportaba la violación a sus derechos democráticos. 

Al final, su huida el 11 de noviembre en el avión que le envió el presidente de México hasta el aeropuerto de Villa Tunari, el valiente de “Patria o muerte” con sus arfiles de partido de gobierno escaparon como lo hicieron en su tiempo los narcotraficantes (Chapo Guzmán Loera, Roca Suárez, Pedro Montenegro, Sebastián Marset, entre otros), que encontraron justicia en otras latitudes donde introdujeron droga por toneladas con jueces que imponen penas sumatorias y los guardan en cárceles de alta seguridad por muy negociada que sea la pena a cambio de colaboración. En resumen, su propósito y fines del MAS IPSP y de su líder sumido en el quiebre popular a causa de la traición de su cumpa despilfarrador Luís Arce Catacora, que cree volver a repetir el tratamiento ortopédico de la presidencia 2020-2025 con padrón inflado de más de 1,5 millones de personas, por sus sistemáticas acciones antidemocráticas y vulneración del Estado de Derecho, deben ser “inhabilitados para terciar en las elecciones generales de 2025” y cancelada su personería jurídica y todo su círculo que apoyan al terrorismo y narcotráfico.

  1. La Opinión Consultiva OC-28/2021 de 7 de junio emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el numeral 144 dice: “Por último, esta Corte reitera que el respeto al Estado de Derecho implica que las personas que ejercen el poder deben respetar las normas que hacen posible el juego democrático (…) Por tanto, la eliminación de los límites para la reelección indefinida no debería ser susceptible de ser decidida por mayorías ni sus representantes para su propio beneficio”. Es destacable también el numeral 148 que establece: “El objeto de la presente opinión consultiva, no es restringir la reelección presidencial en general, sino aclarar que la ausencia de limitación razonable a la reelección presidencial, o la implementación de mecanismos que materialmente permitan el irrespeto de las limitaciones formales existentes y la perpetuación directa o indirectamente de una misma persona en el ejercicio de la presidencia, es contraria a las obligaciones establecidas en la Convención Americana y la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre”.

 

El carácter vinculante de la OC-28/2021 ha sido asumida en la SCP 1010/2023-S4, de 28 de diciembre emitida por la Sala Cuarta del Tribunal Constitucional Plurinacional, en cuya razón Evo Morales Ayma no puede ni debe ser candidato a la presidencia; toda vez, que la Corte IDH a interpretado y resuelto que “la reelección presidencial indefinida no constituye un derecho autónomo protegido por la Convención American sobre Derechos Humanos ni por el corpus iuris del derecho internacional de los derechos humanos. Es decir, podrá hacerlo como elector y no como elegible. El presidente Luís Arce Catacora también estaría encallado por esta prohibición por complicidad en los 14 años de ministro de economía y por influir en la supresión del Trep en las elecciones de 18 de octubre de 2020.

  1. El Asalto armado en el Hotel Las Américas, perpetrado en la madrugada del 16 de abril de 2009,fue un hecho de terrorismo de estado, autorizado desde Caracas por Evo Morales Ayma en su condición de presidente del Estado Plurinacional, así afirmó el mesiánico expresidente y los ejecutores materiales de las muertes de Eduardo Rózsa Flores boliviano-hungaro, Arpád Magyarosi rumano, Michael Dwyer irlandés  y los detenidos y torturados Mario Tadic y Elód Toasó, estos tres últimos ya tienen solicitada ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos la indemnización, que en el caso de los familiares de Michael Dwyer que antes de la muerte fueron torturados, oscila el monto en 3.137.942 millones de euros; Mario Tadic la suma reclamada es por 752.690 euros y Eloy Toasó el monto es similar a Tadic. En caso de que el Estado boliviano no cumpla con las 4 recomendaciones de la Comisión IDH y no pague hasta la ampliación del plazo que fenece el 26 de julio de 2024 la indemnización y no llegue a ningún acuerdo que es lo más probable, según se revela por las declaraciones del Procurador General, Cesar Siles, las víctimas de violación de derechos humanos pedirán a la Comisión IDH que remitan sus caso a conocimiento de la Corte IDH (fase contenciosa), instancia en que las indemnizaciones pueden ser ratificadas o en su caso elevadas, dada la gravedad del episodio terrorista y sus consecuencias psicológicas para la familia.

Además, esta puede ser la puerta para que los 39 procesados por el caso “separatismo y terrorismo” en Santa Cruz, ordenado por Evo Morales y afines de gobierno con el fin de atemorizar a la dirigencia cruceña, impulsen las denuncias ante la Comisión IDH (6 fueron admitidas y siguen su curso) para buscar la indemnización por violación a sus derechos humanos y fundamentales del debido proceso inexistente en tribunales internos de Bolivia. Asimismo, como los hechos de terrorismo, delitos de lesa humanidad, violación de derechos humanos y delitos económicos no prescriben, tarde o temprano los responsables podrían aparecer sentados en los banquillos de la Corte Penal Internacional (CPI) y en la cárcel del Tribunal. como en su tiempo le tocó a Milosevic llamado el carnicero de Kosovo, encontrado culpable de genocidio y exterminio étnico (sentencia de 24-05-1999).

  1. La contaminación de ríos por la extracción del oro en occidente y en el oriente boliviano con alto porcentaje de mercurio; el ecocidio que causa graves daños, extensos y duraderos al medio ambiente amenaza a todas las poblaciones humanas y de tierras comunitarias que viven de los recursos naturales; la invasión masiva y sistemática de colonos a las propiedades de la Chiquitanía, Cordillera y el emblemático abuso de allanamiento a los bienes que administra con alta moral el Arzobispo Emérito de San Ignacio, Carlos Stetter, condenable desde la comunidad cristiana, “azorada por la estupidez” de sancionar los aportes de solidaridad plasmados en obras sociales (19-04-2024), y el narcotráfico que se ha expandido en cantidad y calidad en el Chapare bastión del líder cocalero Evo Morales Ayma, al llegar a los mercados de países asiáticos, europeos, EEUU y otros. 

En esta línea, según informe de la UNODD 2023, 39,5 millones de personas padecen trastornos por consumo de droga y el derecho a la salud no está garantizado por el Estado boliviano. Por tanto, las economías ligadas a las drogas ilícitas aceleran los conflictos, los abusos a los derechos humanos y conlleva la devastación medioambiental sin piedad humanitaria. Sobre este último tema la Corte IDH caso habitantes del Oroya vs Perú, consideró que el Estado tiene la obligación de prevenir la contaminación ambiental como parte de su deber de garantizar la salud, la vida, dignidad e integridad personal, lo que a su vez conlleva el deber de proveer servicios de salud a personas afectadas por dicha contaminación, más aún cuando esto puede afectar a la integridad personal o la vida de las personas.

  1. Desde la implantación del modelo populista y radical 2006 hasta primer trimestre de 2024, existen más de 10.000 bolivianos que han solicitado asilo en otros países, de los cuales se concedieron 2089 asilos; existen más de 287 presos políticos en las cárceles del país y un centenar con detenciones preventivas y domiciliarias sin las garantías del debido proceso o pruebas que justifiquen las imputaciones y acusaciones. Bastará respaldar los extremos anotados, con los informes de la Human Rights Watch y de Amnistía Internacional sobre la situación de derechos humanos en Bolivia, que identifican que no hay independencia en los órganos judiciales, que preocupa los procedimientos y fuerza pública en la detención preventiva de la expresidenta constitucional de Bolivia, Jeanine Añez, y del gobernador de Santa Cruz, Luís Fernando Camacho, en el caso terrorismo. Estos hallazgos de orden político e injerencia del poder de gobierno, ha sido ratificado por el Informe del Departamento de Estado de los EEUU (23-04-2024). Este desmantelamiento de las garantías hace que muchos bolivianos vivan en la incertidumbre total de seguridad personal y patrimonial, su precaria situación de ciudadano sea tan frágil para que policías, fiscales y jueces descarguen su resentimiento y odio contra personas inocentes, acusándolos por delitos que jamás cometieron, violando sus derechos humanos y de sus familias.

Estos problemas apuntados se tornan más complejos debido a que nos encontramos en una época dilatada de crisis de legalidad y justicia, debido al descrédito de las instituciones y radical desconfianza, donde legalidad y justicia en Altos Órganos son una amenaza para la libertad y seguridad de los ciudadanos. 

Pese al degrado de estos bienes jurídicos, la organización política que estando en función de gobierno con su mayoría parlamentaria y controles de los cuatro poderes del Estado, aunque circunstancialmente se les fue de la mano la obediencia legislativa por la ruptura interna del  Movimiento al Socialismo y, por tanto, la mina de los préstamos, influyen poderosamente en las decisiones de los Tribunales de justicia (TSJ, TCP, TA, CM), y en ese mambo está la fiscalía general y las distritales donde se ha derrumbado la institucionalidad en deterioro de la legalidad y los intereses generales de la sociedad, archivando el prontuario de delitos de orden público que se cometen desde la alta administración pública de gobierno. El malestar es profundo ¿hasta cuándo van a seguir garantizando que terroristas intelectuales confesos el uno desde Caracas y el otro desde el Palacio de gobierno de La Paz en ejercicio de la presidencia, sigan libres como Arcángeles terrenales? 

Para todos nos queda claro que desde el 2021 el Estado está obligado a procesar a los autores de la novela del juego cruzado en el hotel las américas, que no había sido ficción sino terrorismo de estado y los actores siguen conspirando y hasta bloqueando carreteras por conflictos internos de poder entre David y Goliat, pero para  la Fiscal general y su comisión de fiscales el informe de la Comisión IDH no les recomienda inacción o letargo en la investigación contra los autores inmateriales y materiales de las muertes y torturas del hotel las américas, sino que se tomen todas las medidas más eficaces en las fases del proceso, y si no tienen la valentía de hacerlo librando mandamiento de aprehensión contra Evo Morales, Álvaro García Linera y la cadena de autoridades que ejercían responsabilidad máxima en el ministerio de gobierno, la Policía y ministerio público el 16 de abril de 2009, sin duda que el caso será demandado ante la Corte Internacional de Justicia Penal, en cuya jurisdicción no se evalúan conspiraciones, relatos de ciencia ficción o artilugios, sino los hechos, evidencias y pruebas hasta condenar a los autores del exterminio de vidas humanas, y su cumplimiento en la cárcel más segura que tiene la Corte PI, sino pregunten a los familiares del Carnicero de Kosovo.

El fenómeno salvaje acaecido, contribuye a la destrucción democrática y del Estado de Derecho, episodio alimentado por el direccionamiento sesgado y tormentoso contra el Estado Constitucional, retorcido por Evo Morales y rizado por Arce Catacora en casi 5 quinquenios, lo que a todas luces deslegitima al MAS IPSP por sus vínculos con el terrorismo y narcotráfico, si en el Chapare se produce la coca que en un 94% no pasa por mercados legales (55.000 toneladas de hoja de coca para producir sulfato base y clorhidrato de cocaína), según la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (ONUDD).

Pero, avancemos un poco más, los acuerdos con Irán del ministro de defensa, Edmundo Novillo, iniciados por Evo Morales, sobre asesoramiento militar y llegada de drones han puesto en alerta prioritaria a los gobernantes de países vecinos que estarían destinados al espionaje, al punto de estar reforzando sus fronteras con militares y equipos de alta gama de detección e impedir el flujo migratorio de iraníes y kurdos. 

El ingreso de iraníes, cubanos, venezolanos y miembros de la FARC  con pasaporte boliviano y el programa de preparar a las fuerzas militares y policiales, supone la implementación de estrategias de represión al pueblo boliviano, que al no contar con el escudo de la legalidad, posee el alma dominante de rebeldía para revertir el MASNazismo, que ya le llegó el tiempo de la vacuna por muertes extrajudiciales, indemnización y pérdida de personería; pero no en sentido de inmunizarlos, sino para juzgarlos a toda la organización criminal cuya nómina circula en redes y medios de comunicación, por ser confesos de sus tropelías monstruosas, al extremo de quitar la vida a los seres humanos (Casos: hotel las américas, La Calancha, Represión de Chaparina a los marchistas del TIPNIS, Senkata, Sacaba, Montero, privación de oxígeno con bloqueos ordenados por Evo Morales a hospitales de Oruro y El Alto que padecían Covid, muertes sospechosas instruidas  de: Familia Andrade, Anahí Huaycho  por su pareja el policía Jorge Clavijo, Rodolfo Illanes vice ministro de justicia, Carlos Alberto Colodro interventor del Banco Fassil, Carlos Montenegro exgerente de YLB por suicidio-infarto (casos maquiavélicos), y los dos policías y un voluntario muerto Eustaquio Olano, Alfonso Chávez Flores, José David Candia Orozco por sicarios del narcotráfico vinculado con Misael Nallar y la banda criminal del PCC.

Ante lo anterior y la cuestión que exponencialmente aumenta la crisis delincuencial en Bolivia son: la falta de independencia de los órganos judiciales contaminados insidiosamente al poder político;  la limitada fiscalización legislativa; el mínimo control de la Contraloría; escasa formación educativa de quienes desempeñan labores fundamentales en ejercicio del gobierno e instituciones; desempleo; políticas de prevención pública; débil preparación policial en temas de seguridad; politización discrecional de la policía; politización exacerbada de la justicia, y no reacción de los ciudadanos antes esta cruda realidad. De ellos, se deriva la provocación a una sociedad más insegura, frágil por la tolerancia al narcotráfico, la corrupción, feminicidios, desapariciones de menores no esclarecidas por el ministerio público y la policía.

De acuerdo a esto, para no sobreponer a los órganos judiciales en lugar del legislador, del ejecutivo sobre los magistrados y que los partidos políticos (MAS IPSP) monten solapadamente al Tribunal Supremo Electoral (TSE) en situación en que este pierde la riendas por comisión u omisión, vebigracia con relación a este último aspecto, por redes sociales el abogado Otto Richter desde Santa Cruz considera que la sigla que usa el MAS ha sido robada a la Falange Socialista Boliviana de Unzaga de la Vega, controvertido problema que se suma a las causales de ilegitimidad del MAS IPSP ¿Se pronunciará el Tribunal Supremo Electoral? o se dará tiempo para consultar al Tribunal Constitucional Plurinacional autoprorrogado, trasladando la misma por un sistema de navegación inercial simple que poseen los drones iraníes Shahed 136 o el Sahed 131 y que posiblemente llegue a la Sala Cuarta que rima bien con el gobierno. La respuesta correcta para este caso, dada la pugna entre masistas que generan el clima adecuado para que el TSE asuma la cómoda posición de apartarse del control de dos Congresos, es la pérdida de personería del MAS IPSP y toda su dirigencia cupular, por maquiavélicos, fraudulentos y por tener que rendir cuentas de las muertes de más de 132 ciudadanos bolivianos y los extranjeros ejecutados extrajudicialmente del hotel las américas, en los casi 4 quinquenios de gobierno negruzco.

Por tanto, siendo también antidemocrático, que vocales constitucionales nacidos de la ilegitimidad de la Sala conjunta del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) y Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), se instalen y decidan por encima del legislador y de la Constitución, en Acciones de Amparo Constitucional y Acción Popular para paralizar el proceso de preselección y elección de magistrados regulados por la Ley 1549, el pueblo puede hacer uso del derecho humano universal de rebeldía colectiva, a objeto de expulsar al monstruo antidemocrático y restaurar la división de poderes ejecutadas por el partido que se atrevió a gobernar violando sistemáticamente la Constitución y el Estado de Derecho.

Finalmente, en aras de evitar la injerencia en los derechos humanos y la división de poderes, arrasada en nuestro país, el profesor Luís Enrique Concepción Montiel dice: “Los ciudadanos de una democracia con calidad tienen el poder de controlar y evaluar las acciones del gobierno a favor de los valores de libertad e igualdad con pleno respeto al Estado de Derecho”.

El autor es abogado constitucionalista y defensor de DDHH