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Opinión

Los autoprorrogados deben irse

30 de Diciembre, 2024
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El ministro de justicia, César Siles, quiere que los autoprorrogados se vayan a sus casas porque ya se realizaron (aunque parciales) las elecciones judiciales como manda la sentencia constitucional 0049/2023 de 11 de diciembre. La resolución establece que “se dispone la prórroga de mandato de las autoridades del Órgano Judicial y Tribunal Constitucional Plurinacional en actual ejercicio, de manera excepcional y temporal, hasta que se elijan y posesionen a las nuevas autoridades, fruto de la preselección desarrollada por la Asamblea Legislativa Plurinacional y del proceso electoral llevado a cabo por el Órgano Electoral Plurinacional…”

La idea es que deben irse todos los autoprorrogados. En el caso del tribunal constitucional, puede habilitarse a los suplentes elegidos y seguir funcionando el denominado guardián de la Constitución. El TC nació y comenzó a funcionar en 1999 con 5; luego aumentó a 7 y después a 9 titulares (uno por departamento) y sus respectivos suplentes. En pleno proceso constituyente funcionó, como dos años, con una magistrada la doctora Silvia Salame, y no se cayó el mundo. 

El gobierno parece haberse dado cuenta del costo político que significa seguir protegiendo a sus compinches. Estos magistrados además ya hicieron el trabajo que necesitaba el gobierno de Luis Arce: echarlo a Evo Morales del MAS y de yapa dicen haberlo inhabilitado; es decir, el gobierno ya no necesita de sus servicios y parece haberles soltado la mano. ¡¡¡En horabuena!!! 

El mandato de los magistrados y consejeros (26 titulares y 26 suplentes) venció el pasado 31 de diciembre de 2023. Los magistrados son elegidos mediante sufragio universal y la Asamblea Legislativa Plurinacional efectúa por dos tercios de sus miembros presentes la preselección de las postulantes y los postulantes por cada departamento y remitirá al órgano electoral la nómina de los precalificados para que éste proceda a la organización, única y exclusiva, del proceso electoral” (art. 182.I.II).

Las autoridades de las Altas Cortes no pueden ser relegidas y su periodo de mandato es de seis años; además, cesarán en sus funciones por cumplimiento de mandato, sentencia ejecutoriada emergente de juicio de responsabilidades, renuncia, fallecimiento y demás causales previstas por ley (arts. 183). El constituyente ha sido terminante en el sentido de que el mandato es fijo de seis años, y no cabe ninguna posibilidad, en principio, de seguir ejerciendo un cargo y mandato cumplido. 

Lo censurable de la sala cuarta es que, haciendo de juez y parte, decidió, de oficio, autoprorrogarse “hasta que se realicen las elecciones…” Con esta resolución estos magistrados habían descendido a la categoría de “provisionales”, figura prohibida por la misma Constitución, y el sistema interamericano de derechos humanos. Y pensar que el tribunal constitucional se encarga de velar “por la supremacía de la Constitución, ejerce el control de constitucionalidad, y precautela el respeto y la vigencia de los derechos y las garantías constitucionales” (art. 196). 

La provisionalidad de los magistrados contrasta no sólo con la necesidad de institucionalizar y fortalecer el Órgano Judicial, sino además con la naturaleza del Estado Constitucional de Derecho. Por su parte, en su informe de 2007 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA, ha pedido al Estado boliviano consolide la independencia judicial, como uno de los prerrequisitos del Estado Constitucional de Derecho. La OEA recordaba, igualmente, que los Principios Básicos de Naciones Unidas relativos a la Independencia de la Judicatura, establecen que existe una relación directa entre las garantías de independencia e imparcialidad de la administración de justicia como presupuesto del cumplimiento de las normas del debido proceso, y la creación y el fortalecimiento de mecanismos transparentes de designación y ascenso de jueces que obedezcan a la calificación jurídica de los mismos y no a otros motivos indebidos.

Los autoprorrogados tienen que irse a sus casas no solo porque ya se realizaron las elecciones judiciales sino también para garantizar las elecciones generales de agosto. Y es que todas las resoluciones constitucionales que torpedearon las elecciones judiciales pueden replicarse en las elecciones generales y, por tanto, se corre el riesgo no solo que se parcelen sino además que se posterguen con toda la carga negativa que ello supone. La democracia tiene que garantizarse y el voto popular blindarse al máximo. 

El autor es jurista y autor de varios libros.