
Transcurrió el primer bimestre 2022 de ejecución presupuestaria del sector público según el presupuesto anual, discutida y aprobado por la Asamblea Legislativa Plurinacional que generalmente durante los primeros dos meses tiene la característica de priorizar el pago de la deuda flotante, sueldos y salarios, materiales y suministros, transferencias y otros gastos.
También aconteció una serie de hechos económicos que afectan al presupuesto público que tienen efectos directos e indirectos en la economía nacional que deben ser considerados, como por ejemplo son: la oferta de Bonos Soberanos en el mercado internacional de capitales por $US2.000 millones y sólo se colocó $US850 millones, que se destinaran al intercambio o pago de deuda e intereses y para apoyo presupuestario, y otro es la elevación del precio del petróleo que supero los $US100 el barril.
Si bien aún no se conoce los datos fiscales del 2022 y están trabajando en el cierre de la ejecución presupuestaria, contable y de tesorería de la gestión 2021, es fundamental que procedan a realizar una “Evaluación Presupuestaria” de los dos primeros meses de la presente gestión, requerido por norma y técnica.
Por norma, la principal es la ley 1178 de Administración y Control Gubernamentales (SAFCO) vigente a partir de 1990 que rige las actividades del sector público boliviano con los siguientes sistemas: programar y organizar las actividades (Operaciones, Administrativa y Presupuesto); ejecutar las actividades programadas (Personal, Bienes y Servicios, Tesorería y Crédito, y Contabilidad Integrada) y controlar la gestión del Sector Público (Interno y Externo Posterior).
De los ocho sistemas de administración y dos de control gubernamentales el sistema de presupuesto se aprueba mediante una ley y es un instrumento de política económica que registra numéricamente ingresos, gastos y financiamiento programados para la ejecución de políticas públicas, que corresponde a la primera etapa del proceso presupuestario. Es tratado y debatido en las cámaras legislativas de Diputados y Senadores, que tiempo atrás previamente se realizaba mediante las audiencias públicas con la participación de la sociedad civil y las instituciones públicas que podían manifestar sus observaciones, antes de convertirse en ley del Estado, que es la segunda etapa que luego es promulgada por el Órgano Ejecutivo. La tercera etapa es la ejecución presupuestaria, continua con el control y evaluación que es la cuarta etapa y la última es el cierre presupuestario, contable y de tesorería que será considerado en un próximo artículo.
En el presente artículo nos dedicaremos exclusivamente a la cuarta etapa del sistema presupuestaria que es la Evaluación del Presupuesto.
Una de las varias finalidades de la norma señala que: “… todo servidor público, sin distinción de jerarquía, asuma plena responsabilidad por sus actos rindiendo cuentas no sólo de los objetivos a que se destinaron los recursos públicos que le fueron confiados, sino también de la forma y resultado de su aplicación”. Es decir, la ley SAFCO determina un modelo de gestión gubernamental de gestión por resultados para el sector público boliviano.
Por técnica, cada entidad pública, en forma periódica, debe realizar una evaluación de ejecución del presupuesto utilizando los reportes de ejecución financiera del presupuesto comparándolo con la programación de la ejecución presupuestaria y la ejecución física prevista en el Programa de Operaciones Anual, por su propio personal de un área especializado y también por personal externo.
Esta evaluación posibilita la identificación de los factores o circunstancias que hubieran incidido en la ejecución del presupuesto y la adopción de medidas correctivas que fueron asumidas para el cumplimiento de los objetivos de gestión por resultados.
Las evaluaciones logran resultados positivos en materia de revisión del gasto de Programas y Proyectos, mejoras de focalización, redefinición de prioridades, entre otros, para que el proceso presupuestario favorezca e impulse el desarrollo progresivo de una gestión orientada a resultados en todo el sector público.
Sobre la base de los hallazgos observados, el informe de la evaluación deberá presentar un conjunto fundamentado de conclusiones y recomendaciones para los diferentes tópicos De igual modo incorporar las recomendaciones para mejorar el desempeño o resultados de la asignación presupuestaria evaluada a nivel de la estructura programática de gasto e institucional.
Las actividades de evaluaciones obligatoriamente serán realizadas por un panel conformado por evaluadores independientes, es decir, que no tienen ningún vínculo con las entidades relacionadas con la asignación presupuestaria evaluada.
El perfil profesional de los evaluadores tiene que reunir necesariamente los siguientes conocimientos y experticias: a) dominio de metodologías de evaluación; b) experiencia de gestión en el sector público; c) conocimiento del sistema presupuestario; d) experiencia coordinando equipos y e) experiencia temática en el área evaluada.
Una vez concluida la evaluación presupuestaria por los evaluadores independientes y puesto en conocimiento el informe a la Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE) de la entidad pública, de forma inmediata tiene que realizar las instrucciones precisas sobre las conclusiones y recomendaciones del informe a todo el personal, para su cumplimiento en las tareas que tienen asignada cada uno y así logre elevar la eficiencia del gasto público durante los próximos períodos, finalizando la etapa de evaluación del presupuesto del período considerado que tiene que reiterarse nuevamente para los próximos meses de ejecución presupuestaria.
Germán Molina Diaz es economista, miembro de número de la Academia Boliviana de Ciencias Económicas, docente de la UCB de Economía General, Contabilidad Nacional e Investigador asociado del Instituto de Investigaciones Socio Económicos (IISEC) de la UCB