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Opinión

Deuda externa

29 de Octubre, 2021
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GERMÁN MOLINA DIAZ

El agente económico “Gobierno” para utilizar ingresos, asignar gastos y contratar deuda pública externa e interna requiere el cumplimiento de la Constitución Política del Estado, leyes, Decretos Supremos, Resoluciones Supremas, Resoluciones Ministeriales, Resoluciones Administrativas y demás normas conexas, que es una importante distinción que hace la diferencia con relación al agente económico “Empresa Privada”.

La deuda externa es la cantidad de dinero que debe un país a los organismos internacionales, países o sector privado.

¿Por qué se contrata deuda externa?

El endeudamiento externo se utiliza generalmente para cubrir el déficit fiscal del Presupuesto del Sector Público No Financiero, recursos financieros destinados a financiar programas y proyectos de inversión pública.

¿Para contratar deuda externa se requiere autorización?

La Constitución Política del Estado (CPE), aprobada en el primer período presidencial del Señor Morales en el referendo del 25 de enero de 2009 y promulgada en febrero de 2009, incorpora la definición de políticas económicas dirigidas a todas las actividades económicas selectivamente y con preferencia a la economía comunitaria[1]

El nuevo texto constitucional en el Artículo 158 define las atribuciones de la Asamblea Legislativa Plurinacional entre las que se señala en el inciso 8 aprobar leyes en materia de presupuestos, endeudamiento, control y fiscalización de recursos estatales de crédito público y subvenciones, para la realización de obras públicas y de necesidad social. Por otra parte, el inciso 10 dispone que la Asamblea debe aprobar la contratación de empréstitos que comprometan las rentas generales del Estado y autorizar a las universidades la contratación de empréstitos. El inciso 11 es más puntual al definir que debe aprobar el Presupuesto General del Estado presentado por el Órgano Ejecutivo y que recibido el proyecto de ley, éste deberá ser considerado en la Asamblea Legislativa Plurinacional dentro del término de sesenta días. En caso de no ser aprobado en ese plazo, el proyecto se dará por aprobado, nuevamente por un procedimiento de facto como ocurría en la anterior constitución.

Con relación al endeudamiento, el Artículo 322 define que la Asamblea Legislativa Plurinacional autorizará la contratación de deuda pública cuando se demuestre la capacidad de generar ingresos para cubrir el capital y los intereses, y se justifiquen técnicamente las condiciones más ventajosas en las tasas, los plazos, los montos y otras circunstancias. Señala además que la deuda pública no incluirá obligaciones que no hayan sido autorizadas y garantizadas expresamente por la Asamblea Legislativa Plurinacional.

¿Quién paga la deuda externa?

La deuda externa es pagada por todos los ciudadanos, no es solo el agente económico “Gobierno” como se creía en algunos momentos, y la pagan los grupos sociales más vulnerables, porque generalmente se opta por políticas de austeridad que afectan precisamente a políticas sociales que van dirigidas directamente a gente más vulnerable. El dilema moral más fuerte que se encuentra en el pago de la deuda surge bajo la premisa inmoral que representa exigir su pago a quienes no tuvieron parte alguna en su contratación y peor aún, no recibieron ningún beneficio de tal contratación.

¿Cuál es el estado de la deuda externa 2006 al 2020?

El estado de la deuda pública durante el período 2006 hasta el 2020 se desarrolló en un contexto interno de una organización económica de características estatista populista con participación predominante en casi todas las actividades económicas del país por parte del Estado, y un contexto externo favorable por la elevación de los precios internacionales de los productos que exporta nuestro país con términos de intercambio favorables de plena bonanza económica  donde los ingresos totales fueron mayores a los gastos totales anualmente que permitieron obtener superávit fiscal, y adicionalmente financiado por los desembolsos de crédito externo provenientes de: Organismos Multilaterales, Organismos Bilaterales y de la emisión de bonos soberanos.  Por otra parte, durante este período se benefició de la reducción de la deuda por la condonación lograda durante el siglo XX a instancias de la Iglesia Católica y gestionada por anteriores autoridades gubernamentales.

El saldo de la deuda externa inicial el 2006 fue $US 3.248 millones y el 2020 $US 12.172 millones monto superior en casi 3 veces al comienzo del modelo de Economía Social Comunitario Productivo.  El pago por concepto de intereses de la deuda externa el 2006 fue $US 119 millones y el 2020 $US 350 millones 2 veces después de 14 años.

La deuda externa registro un monto de $US 349,89 por persona el 2006, hasta llegar a $US 1.040,34 por persona el 2020, lo que significa casi 3 veces el valor inicial. El incremento fue de $US 690,45 por persona, durante 14 años.

¿Alguna particularidad del estado de la deuda externa?

Un hecho financiero particular sobre deuda externa es que a partir del 2012 es la emisión de los bonos soberanos por $US 500 millones, a 10 años plazo y un interés anual de 4,875%.  El 2013 se efectuó una segunda emisión de bonos soberanos por otros $US 500 millones, a un plazo de 10 años y un interés anual del 5,95%.  Una tercera emisión de bonos soberanos se realizó el 2017 por otros $US 1.000 millones, a 11 años de plazo y un interés anual de 4,5 %.  Para la gestión fiscal del 2021 se aprobó en la ley de Presupuesto General del Estado la autorización al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas la emisión de bonos soberanos por $US 3.000 millones, que hasta al momento no se concretó (ver cuadro 1).


¿Pagar o no el crédito externo?

Al suscribir los convenios de crédito externo autorizados por ley aprobada por la Asamblea Legislativa Plurinacional y promulgada por el órgano ejecutivo, por lo tanto, es la fe del Estado que se tiene que respetar honrando las obligaciones contraídas.

¿Se cumplirá el cronograma de pagos?

El jueves 23 de septiembre de 2021 el presidente del Estado, Luis Arce, en su participación en el 76 periodo de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas realizada en la ciudad de New York, Estados Unidos demandó a la comunidad internacional alcanzar acuerdos para un nuevo alivio o refinanciamiento de la deuda externa y que se vuelvan a activar los préstamos concesionales, en el contexto de crisis que enfrenta el mundo por la pandemia de COVID.

El miércoles 30 de septiembre del 2021 Fitch Ratings bajó la calificación crediticia de Bolivia a B de B + y revisó la perspectiva de calificación de estable a negativa. Según la calificadora, la rebaja refleja un deterioro en las perspectivas de crecimiento y las finanzas públicas del país que vive aguda tensión política.

Hasta la fecha se honra las obligaciones de crédito externo en la amortización del capital y el pago de los intereses.  El próximo año 2022 se vence la primera emisión de bonos soberanos por $US 500 millones y el pago aproximado de intereses de $US 24,4 millones, y adicionalmente el pago de amortización y servicio de la deuda externa del resto del crédito externo, que presionaran sobre las reservas internacionales netas, balanza de pagos y cuentas fiscales, que la administración gubernamental tiene que prever para continuar honrando la fe del Estado boliviano.  


[1] Son los procesos productivos impulsados por: organizaciones sociales, comunitarias y micro y pequeños empresarios, artesanos, Organizaciones Económicas Campesinas (OECAS) Organizaciones Productivas, Comunidades y Asociaciones urbanas y rurales, basados en valores como equidad, complementariedad, reciprocidad y solidaridad. (PND)

Germán Molina Diaz es economista, Miembro de Número de la Academia Boliviana de Ciencias Económicas, investigador y docente de la Universidad Católica de Bolivia

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