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Opinión

A casi un siglo de la Ley de Imprenta

26 de Enero, 2023
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JUAN CARLOS FERREYRA PEÑARRIETA

Este pasado 19 de enero la Ley de Imprenta que regula el trabajo periodístico en el país, acaba de cumplir 98 años de vida, casi un siglo de existencia. Habiendo nacido al espectro jurídico en 1925. Fecha desde la cual se mantiene intacta y que en varias ocasiones a través de distintos gobiernos de facto o democráticos se la quiso modificar, actualizar o reformar para que el trabajo periodístico no los incomode especialmente en sus contubernios de corrupción.

A muy poco de que cumpla 100 años, sin duda que la misma se encuentra bastante obsoleta para los tiempos que vivimos a pesar de los avances tecnológicos en lo comunicacional, internet, redes sociales entre otros aspectos. No se debe olvidar que cuando se la promulgó ni si quiera existían la radio, menos la televisión en nuestro medio.

La gran duda que sigue existiendo hasta el momento: es que sí se la debe reformar, modificar o actualizar dicha normativa jurídica. Que sepa, ningún ente que aglutina a los trabajadores de la prensa como son la Asociación de Periodistas de Bolivia, asociaciones de periodistas de las nueve capitales, federaciones de trabajadores de la prensa a nivel departamentales entre otros no hicieron conocer una propuesta sobre el particular ni tampoco las carreras de Comunicación Social de las universidades públicas y privadas.

Si nos abocamos al concepto básico de las tres mencionadas palabras en el párrafo anterior, se define que Reformar significa volver a formar, rehacer o corregir alguna cosa. Modificar es cambiar la forma de una cosa y Actualizar es hacer actual una cosa. De acuerdo a estos tres conceptos, ¿qué se puede hacer? No quedaría otra alternativa que hacer las tres cosas, incluyendo desde el nombre mismo de la Ley, porque si recurrimos nuevamente al diccionario: Imprenta significa lo que se publica solo a nivel impreso.

Lo que permite afirmar que hasta hoy en día en el país no existe una normativa que regule las actividades de radio, televisión mucho menos en internet y redes sociales. Siendo estas dos últimas las que mayor uso tienen por la población últimamente, llegando a desplazar casi por completo a los medios de comunicación social tradicionales. Cometiendo, además, un grave error jurídico: el de tratar de hacer ver que la misma Ley rige para los medios audiovisuales, cuando en realidad ni por equivocación en su contenido se habla de ellos.

Entonces, por eso mismo si periodistas y comunicadores sociales del país queremos que la ley de Imprenta tenga su alcance a la radio, televisión, internet y redes sociales, es urgente que en su contenido se introduzcan capítulos y artículos referidos a estos campos. No sería dable que esas modificaciones vengan desde afuera como ya varias veces lo pretendieron hacer, lo más lógico es que haya una autorregulación desde el propio gremio periodístico sin dejar pasar más tiempo antes de que sea muy tarde.

Ahora la Ley de Imprenta en su propio contenido, tiene muchos vacíos jurídicos y uno de esos es que no se habla de la Libertad de Información, la cual va de la mano con la Libertad de Prensa, teniendo en cuenta que en la actualidad para realizar  un periodismo investigativo libre ser requiere de mucho acceso a la información y eso en la mayoría de los casos es imposible de conseguir porque precisamente no existe un mecanismo jurídico que facilite a las/los periodistas tener un acceso rápido y transparente a la información.

Otro de los problemas para su aplicabilidad integra de este instrumento jurídico, es la dificultad que se tiene para la instalación de los Jurados de Imprenta. Cabe hacer notar que, en todo inicio de año, las instituciones que aglutinan a periodistas o comunicadores sociales, lo primero que deberían exigir a los gobiernos autónomos municipales, es la instauración de los Jurados de Imprenta conforme lo prescribe el artículo 21 de dicha ley.

Históricamente, muy pocos Jurados de Imprenta se instalaron en el país. En este caso: ¿qué están haciendo la Asociación Nacional de Periodistas de Bolivia, la Federación de Trabajadores de la Prensa de Bolivia, las asociaciones de periodistas de las nueve capitales más El Alto, los sindicatos regionales de la prensa entre otros entes para qué se cumpla la mencionada figura jurídica?

Por todo lo señalado es responsabilidad de todas las organizaciones de prensa, el de analizar cuanto antes la situación actual de la Ley de Imprenta, antes que fuerzas externas nos quieran meter de contrabando otra normativa que regule el trabajo periodístico en el país y remedio no haya. La decisión por ahora está en el propio gremio periodístico. Y no olvidarse, “camarón que se duerme…?

Juan Carlos Ferreyra Peñarrieta es comunicador social

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