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Nacional Seguridad

Gobierno estima liberar 2.500 de 30.000 reclusos con el decreto de amnistía e indulto presidencial

Otro de los objetivos del Decreto Presidencial es reducir los hacinamientos en las cárceles del país.
27 de marzo, 2025 - 14:31
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Foto: ABI
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La Paz, 27 de marzo de 2025 (ANF).- El presidente del Estado, Luis Arce, promulgó el Decreto Presidencial 5137 de “Concesión de amnistía e indulto por razones humanitarias” con el que se estima que se liberarán a 2.500 de 30.000 personas recluidas en las cárceles del país. 

El ministro de Gobierno, Eduardo Del Castillo, dijo en Radio Fides que la cantidad de privados de libertad en las 49 cárceles del país casi se duplicó desde que inició la gestión del primer mandatario. 

“Yo he recibido los 49 centros penitenciarios con 18.000 privados de libertad; había cerca de 1.000 personas que hay había sobrepasado el tiempo máximo (de detención preventiva), logramos sacarlos de las cárceles, pero actualmente tenemos 30.000 privados de libertad. ¿Qué quiere decir eso? Casi hemos duplicado la cantidad de privados de libertad durante estos 4 años. Por tanto, la situación actual es insostenible”, aseguró Del Castillo. 

El artículo 5 del Decreto Presidencial establece las condiciones para la concesión de amnistía. La condición para que un recluso reciba el beneficio es que: se encuentre con detención preventiva por un periodo equivalente al de la pena máxima del delito o del delito mayor que se le atribuye; se encuentre con detención preventiva el tiempo de la pena establecido en la sentencia condenatoria en primera instancia, sin que haya sido ejecutoriada. Las mujeres en estado de gestación o madres en periodo de lactancia con hijo o hija menor a un año.

También se beneficiarán las personas que se encuentren con detención preventiva, excediendo el tiempo máximo de duración legal del proceso penal sin que cuente con sentencia condenatoria ejecutoriada y que sean mayores de 58, en el caso de varones, y 55 años, en mujeres; además, personas con discapacidad grave o muy grave debidamente acreditada; personas con enfermedades de insuficiencia renal en estadio terminal, enfermedades oncológicas en estadio terminal o que requieran atención en un nosocomio, debidamente acreditadas.

En el caso del indulto, los reclusos sentenciados podrán recuperar su libertad en caso de que la pena sea igual o menor a ocho años, sin importar cuánto tiempo cumplió su condena; en caso de que la sentencia sea igual o menor a diez años y que haya cumplido al menos una cuarta parte de la condena.

“La mayor cantidad de causas por las que se va a liberar, calculamos que se va a liberar cerca de 2.500 personas, son por jueces que no han cumplido los plazos procedimentales en todo el territorio nacional. No han cumplido la ley. Por lo tanto, si mañana alguien se queja de que se está poniendo en libertad a una persona, es porque los jueces no han exigido el cumplimiento del plazo procesal”, advirtió el ministro de Gobierno.

Otro de los objetivos del Decreto Presidencial es reducir los hacinamientos en las cárceles del país.

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