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Justicia

Tribunal Constitucional anula convocatoria y reglamento de elecciones judiciales

Ambas fueron anuladas, además, exhortó a la Asamblea Legislativa a que garantice los comicios de manera inmediata.
31 de julio, 2023 - 15:50
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Las elecciones judiciales están paralizadas desde abril. Foto: Internet
Las elecciones judiciales están paralizadas desde abril. Foto: Internet

La Paz, 31 de julio de 2023 (ANF).- El Tribunal Constitucional Plurinacional declaró este lunes inconstitucional la convocatoria y el reglamento de preselección de candidatos para el Órgano Judicial, por tanto, ambas fueron anuladas, además, exhortó a la Asamblea Legislativa a que garantice los comicios de manera inmediata.

"La Inconstitucionalidad de la R.A.L.P, 007/2022-2023 de 20 de abril de 2023; y en consecuencia, del Reglamento de Preselección de Candidatos y Candidatas para la conformación del TCP, Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental y Consejo de la Magistratura y de la Convocatoria Pública emitida para tal efecto, conforme a los fundamentos jurídicos expuestos en el presente fallo constitucional, por ser contrarios a los artículos 109.II, 144.II, de la Constitución Política del Estado", señala el primer punto de la parte resolutiva. 

El proceso se encuentra paralizado desde el 27 de abril de este año, por una acción de inconstitucionalidad concreta que presentó el diputado de Creemos Leonardo Ayala, quien alegó que el reglamento y la convocatoria se aprobaron mediante resolución de la Asamblea Legislativa y no así mediante ley, como ocurrió en las elecciones judiciales de 2017.

En ese contexto, el presidente del TCP Paul Franco explicó que también se dejó sin efecto la ley 1513 Transitoria para garantizar el Proceso de Preselección de Candidatas y Candidatos para la Conformación del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Tribunal Agroambiental y Consejo de la Magistratura, que reducía los plazos para las elecciones judiciales. 

Por otra parte, dijo que se hicieron dos observaciones: la primera es que la convocatoria y el reglamento debe ser aprobada a través de una ley y no en una resolución, en el marco de los artículos 144 y 109 de la Constitución Política Del Estado (CPE).

“El TCP ha encontrado que todas las cuestiones que están relacionadas al desarrollo y a las limitaciones que se puedan colocar a los derechos, deben de hacerse en el marco del respeto del articulo 109 parágrafo II de la CPE, que refiere al principio de reserva de ley. Así como al artículo 144 de la misma norma, que son condiciones para el acceso a la función pública, la idoneidad y otras establecidas por ley”, afirmó. 

El segundo punto es que la norma debe estar aprobada por dos tercios de la Asamblea Legislativa y no por simple mayoría, como hicieron los parlamentarios del Movimiento Al Socialismo (MAS) con la convocatoria y el reglamento que fueron anulados. 

“Esto en el entendido de que nos encontramos en un Estado social de derecho y rige el principio democrático, solamente un debate, donde puedan participar mayorías y minorías, para garantizar un adecuado proceso de preselección que garantice la independencia judicial y que las mejores personas que puedan postular sean los magistrados”, expresó. 

Finalmente, Franco exhortó a la asamblea legislativa cumplir con sus funciones y atribuciones, además generara las condiciones para que la preselección y selección de candidatos al Órgano Judicial se realice de forma inmediata. 

A su vez contiene una exhortación a la Asamblea Legislativa para que pueda cumplir las funciones y atribuciones constitucionalmente previstas, generar condiciones que garanticen el desarrollo de la preselección y selección de las máximas autoridades judiciales y del TCP, con carácter inmediato a partir de la notificación con el presente fallo”, destacó. 

/EUA/ANF

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