Hace algunas semanas se “resaltó que, al primer trimestre del año, la inflación de Bolivia es la más baja de la región” (La Razón, 8/4/2024), toda vez que la inflación sería “del 0,74%” (ídem). En abril, para cuando se presumió de tal inflación acumulada, la cifra ya era del 1,31% (en: https://www.bcb.gob.bo/?q=indicadores_inflacion) y, para mayo, el Banco Central de Bolivia (BCB) señaló que sería del 1,95% (ídem).
Al respecto, “La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero [ASFI] conjuntamente con el Banco Central de Bolivia [BCB], elaboraron el (.) ‘Glosario de Términos Económico Financieros’” (BCB/ASFI; 2019, p. 3). En dicho glosario, definieron que la “Inflación” sería el “Aumento sostenido y generalizado de precios en una economía. Se mide por la variación porcentual del Índice de Precios al Consumidor (IPC). Esta variación refleja la evolución promedio de los precios de una canasta de bienes y servicios consumidos por una familia representativa” (ídem, p. 70). Igualmente, señalaron que la “inflación acumulada” sería la “Variación porcentual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del mes con respecto a diciembre del año anterior” (ídem, p. 70). Con fundamento en este glosario, hay quienes inclusive entienden por sinónimos “cálculo de la inflación o Índice de Precios del Consumidor” (ABI, 17/5/2024). El Instituto Nacional de Estadística (INE) mide el IPC según la descrita definición.
Contrariamente, la ciencia económica enfatiza que “El método de los números índice es un medio muy tosco e imperfecto para ‘medir’ los cambios que se producen en el poder adquisitivo de la unidad monetaria. Puesto que en el ámbito de los asuntos sociales no hay relaciones constantes entre las distintas magnitudes, la medida no es posible, y jamás podrá la Economía convertirse en ciencia cuantitativa” (Von Mises, L.; “La Teoría del Dinero y del Crédito”; 2012, p. 389). En suma, el IPC no mide el poder adquisitivo de la unidad monetaria, o lo hace indirecta y defectuosamente; falla muy peligrosa cuando la “inflación” es en realidad un “aumento en la cantidad de dinero (.) que no esté compensado por el correspondiente aumento en la necesidad de dinero (.), de tal manera que se produzca un descenso en el valor de cambio objetivo del dinero” (ídem; p. 214) y, según el monetarismo propuesto por el Premio Nobel de Ciencias Económicas Milton Friedman, “‘la inflación es siempre y en todas partes un fenómeno monetario’ en el sentido de que es y solo puede ser producida por un aumento más rápido de la cantidad de dinero que de la producción” (Ravier, A. en su estudio preliminar sobre: Friedman, M.; “Paro e Inflación”; 2012, p. 38).
No obstante la evidencia científica, el BCB y la ASFI, mediante el uso restrictivo de los vocablos “consumo/consumidor” y beneficiándose de que el dinero no es un bien de consumo, excluyeron de su concepto de inflación la trascendental medición del precio del “dinero-signo denominado ‘Boliviano’” (“Boliviano”) en el mercado. Si la hubieran realizado por separado, igualmente omitieron informarla a la ciudadanía para que conozca el valor real del “Boliviano”. Tómese en cuenta que no existe ni podría existir norma que declare “secreto o información reservada” al precio del “Boliviano” en el mercado (art. 237.I.2 Constitucional -Const.-).
¿Para qué el Poder Ejecutivo, el BCB y la ASFI prefirieron la medición/información del IPC en vez del precio del “Boliviano” en el mercado de divisas? Simple, para incentivar con fundamento en el sesgo “la confianza del público en la moneda nacional” (BCB/ASFI; “Glosario de Términos Económico Financieros”; 2019, p. 23).
¿Para qué el BCB y la ASFI incentivaron “la confianza del público en la moneda nacional”? La prédica de la “bolivianización” tuvo como finalidad inducir en error al ciudadano para que pensara y se convenciese de que 1 (un) “Boliviano” equivale siempre a 14,3 centavos de Dólar en la venta y 14,5 centavos de Dólar en la compra, con base en la experiencia ordinaria de la convertibilidad supuestamente constante. El vocablo “convertibilidad” denota la “Condición de la moneda que puede ser cambiada por (.) otra moneda más generalmente aceptada en los mercados mundiales” (RAE; 2001).
Dicha seguridad apoyada en la convertibilidad -supuestamente- constante y pese a que “Ninguna nación puede disfrutar más de lo que produce” (Villegas, H.; “Curso de finanzas, Derecho financiero y tributario”; 2013, p. 45), le permitiría a la autocracia MASista aumentar sin restricción la oferta monetaria, so pretexto de “necesidad” de satisfacer a los acreedores de la obra pública y su enorme clientela política asalariada en la Administración Pública nacional y sub-nacional, incluidas empresas públicas (sin correlación con el incremento de la producción), para aprovecharse cínicamente de que el “Boliviano” es “medio[.] de pago de curso legal en todo el territorio de la República, con poder liberatorio ilimitado” (arts. 10 y 11 Ley del Banco Central de Bolivia -LBCB-).
Sin embargo, en su fatal arrogancia, la autocracia MASista omitió considerar dentro de su esquema de cambio a precio fijo que el Dólar no es un bien de cantidad constante e ilimitada en el mercado, que “El valor del dinero en el mercado no es estable, del mismo modo que no es estable el valor del resto de los bienes y servicios. (.) depende[.] de las valorizaciones de los sujetos actuantes en el mercado” (Benegas Lynch -H.-, A.; “Fundamentos de Análisis Económico”; 2001, p. 251), que su BCB no emite el Dólar y que este, ante un problema de convertibilidad, como bien valioso en relación al “Boliviano”, según Ley de Gresham que indica que “la moneda mala desplaza a la buena cuando hay tipo de cambio fijo establecido por la autoridad gubernamental” (ídem, p. 255), sería atesorado por los propietarios disminuyendo su cantidad en el mercado y aumentando su precio; insistimos, sin importar el precio de cambio fijado por el Poder Ejecutivo en coordinación con el BCB (arts. 326.I y 328.I.2 Const. y art. 19 LBCB).
En ese orden de ideas, acaece que “en el mercado (.) el billete [de 1 Dólar] se comercializa hasta en Bs 9” (EJU, 12/6/2024). La matemática demuestra que, en esta situación, el precio de mercado de la unidad del “Boliviano” sería de 11 centavos de Dólar. En consecuencia, el “Boliviano” habría perdido el 29,3% de su poder adquisitivo en el mercado y, por ende, se necesitaría 29,3% más de “Boliviano” que antes para comprar un Dólar. Inflación que los ciudadanos perciben en el abrumador incremento de los precios en los bienes de consumo y producción, y tiene directa correlación con que, por ejemplo, el precio de los medicamentos “se ha encarecido por la escasez de dólares (.) los importados hasta en un 30%” (Red Uno, 9/5/2024).
A esto, debe adicionarse que Bolivia importa más de lo que exporta ($us 11.495,6 millones vs. $us 10.911 millones, La Razón 11/2/2024), y que importa para la canasta de bienes desde alimentos hasta medicamentos, todos esenciales; predisponiendo a que el importador -sin dudarlo- le transfiera dicho 29,3% de “Boliviano” adicional para comprar un Dólar al consumidor final, el ciudadano. Ahora se sabe por qué encarecieron y escasean los alimentos y medicamentos; máxime, cuando buena parte (si no la mayor parte) son importados, percibiéndose claramente el fenómeno en las Cajas prestadoras de seguridad social a corto plazo que carecen de medicamentos para sus asegurados, ya que recaudan en “Bolivianos” pero compran de quienes importan/pagan en Dólares. También se infiere claramente que la situación empeorará.
Por tanto, la evidencia indica que la “bolivianización” no es más que un programa inflacionario sostenido en la falsa seguridad emergente de la convertibilidad supuestamente constante a precio fijo, mismo que después de 16 (dieciséis) años de operación en la autocracia MASista, causó directamente que nuestra divisa el “Boliviano”, fuera del territorio nacional, no compre nada, habiendo fracasado en su finalidad de sustituir al Dólar para los pagos internacionales. Caso contrario, la “soberanista” Administración Pública y los importadores privados pagarían sus importaciones en “Bolivianos”.
El autor es abogado constitucionalista y procesalista