La Paz, 9 de febrero (ANF). – Tras haberse hallado indicios fuertes de plagios en programas de gobierno en las elecciones subnacionales, el periodista y abogado, Andrés Gómez, señaló este martes que en Bolivia rige la Ley de Derechos de Autor que prohíbe en su artículo 68 el plagio de una obra literaria o artística; quien incurriere en este delito la sanción penal es la reclusión de dos meses a tres años.
La semana pasada la ANF publicó dos notas periodistas revelando indicios claros de improvisación y plagio de programas de gobierno de las agrupaciones políticas Movimiento Al Socialismo (MAS), “Jallalla La Paz”, Partido de Acción Nacional Boliviano (PAN-BOL), Por el Bien Común-Somos Pueblo, Unidad Nacional de Esperanza (UNE) y otros.
Aunque este medio de comunicación no pudo determinar qué partido político es el autor de la propuesta y que organización política podría haber plagiado o copiado los textos sin hacer modificaciones.
Gómez explicó a la ANF que se entiende por derechos de autor a los derechos morales de explotación de la obra y de remuneración del autor. Asimismo, acotó que “El plagio está tipificado como delito en el Código Penal de Bolivia, artículo 362, Delitos contra la propiedad intelectual. Está sancionado con reclusión de dos meses a tres años y una multa”.
En el caso de los plagios en los programas de gobierno, detalló que se tendría que establecer quién fue la persona que elaboró esos programas; y si una misma persona redactó esos programas para diferentes partidos, no hay violación de derechos de autor; por tanto, no hay plagio.
“¿A quiénes contempla este derecho? Según el artículo 8 (de la Ley de Derechos de Autor), `únicamente a la persona natural´. ¿Puede una persona jurídica (partido político) gozar de los derechos de autor? Sí, pero tendría que demostrar como en el caso de los medios de comunicación que se atribuyen la autoría de todos los productos elaborados y publicados por los periodistas, en función del artículo 20 de esa misma norma”, explicó.
Reforma a la Ley 026 de Régimen Electoral
Por su parte, el analista político, Paúl Antonio Coca, manifestó que mientras el plan de gobierno sea solo un requisito para ser habilitado en una elección de autoridades nacionales o subnacionales, los partidos políticos y candidatos ofrecerán a sus electores cosas como si vivieran en Dubái.
“Mientras no haya las dos cosas (reglas claras) los partidos políticos van a ser promesas, –pero sabe que–, hacen promesas como si viviéramos en Dubái o en Emiratos Árabes Unidos o Suiza con una realidad absolutamente boliviana”, manifestó Coca a la ANF.
Asimismo, hizo esta referencia en relación a la realidad actual de los planes de gobierno que los partidos políticos presentan ante los Tribunal Electorales Departamentales (TEDs). A su criterio, no existe una seriedad porque solo forma parte de un requisito para ser habilitado en una elección de autoridades.
Según Coca, la probabilidad de que exista plagio en los programas de gobierno es muy alta durante los procesos electorales, debido a que los TEDs no revisan los documentos presentados más que la presentación como requisito.
A la vez, existiría un vacío legal en la Ley 026 del Régimen Electoral ya que no exige a los partidos políticos un registro de propiedad intelectual en el Servicio Nacional de Propiedad Intelectual (SENAPI). Consideró que debería haber una reforma en ese aspecto.
Asimismo, aseveró que el registro de los planes de gobierno en SENAPI ayudaría a identificar quién plagió a quién y a la vez el ciudadano podría agarrar esa información para algún aspecto legal y decir tal candidato ganador no cumplió con lo que prometió.
“Obviamente, si el partido político o la organización política llega al poder y no hace nada de lo que hacen su plan de gobierno, no hay forma alguna de que el ciudadano común y corriente exija ante la administración de justicia un incumplimiento porque esa persona no cumplió con el plan de gobierno”, expresó.
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