La Paz, 15 de mayo (ANF).- El Tribunal Internacional de Derechos de la Naturaleza (TIDN) en su sentencia concluyó que el Estado Plurinacional de Bolivia “ha violado los derechos de la naturaleza y de los pueblos indígenas del Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure (TIPNIS) en calidad de defensores de la Madre Tierra” y ha sancionado al Gobierno imponiendo una serie de medidas para preservar el territorio.
Estableció que ha incumplido con su obligación de respetar, proteger y garantizar los derechos de la Madre Tierra, de acuerdo a lo establecido en el marco jurídico nacional y la normativa internacional relacionada, dice la parte conclusiva del TIDN que fue presentado este miércoles 15.
Asimismo, el tribunal considera que el Estado ha violado los derechos colectivos e individuales de las naciones y pueblos indígenas del TIPNIS, establecidos en la Constitución Política del Estado; la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas; y el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo en complementariedad, compatibilidad e interdependencia con los Derechos de la Naturaleza tal como lo declara el art. 9 de la Ley No. 300.
Este organismo cuyos fallos tienen un valor ético, también recomendó al Estado boliviano una serie de medidas de reparación a la situación que se ha generado en el TIPNIS, en particular en el Tramo II donde se construyen tres puentes.
En noviembre de 2017, en la ciudad de Bonn Alemania, la subcentral de Pueblos Indígenas y la subcentral de Mujeres Indígenas del TIPNIS denunciaron al gobierno de Evo Morales ante el TIDN, por la violación de la Madre Tierra al anular la Ley 180 de protección del territorio indígena.
El TIDN envió al país una Comisión de Observadores conformada por Alberto Acosta (Ecuador), Enrique Viale (Argentina) y Shannon Biggs (Estados Unidos) para ingresar a la zona objeto de vulneraciones y reunirse con los indígenas del territorio, colonizadores y el Gobierno.
En enero de este año, la Comisión presentó su informe en el que estableció que el Estado boliviano vulneró los derechos de la Madre Tierra, por lo tanto, recomendó sancionar al Gobierno, informe sobre el que basó su resolución el TIDN.
El tribunal cita una serie de vulneraciones a las normas, entre ellas a la Declaración Universal de los Derechos de la Madre Tierra en su artículo 2; también la Ley 071 en su artículo 071 y la Ley 300
“Referidos a existir y ser respetada, a su integridad y funcionamiento vital y a la regeneración de sus biocapacidad y continuación de sus ciclos y procesos vitales libres de alteraciones humanas”.
Considera que se ha vulnerado el derecho al agua como fuente de vida reconocidos en diferentes normativas; también ha violado el deber que tiene el Estado de regular y fiscalizar a través del órgano competente en el manejo integral del TIPNIS.
“Y no ha cumplido con su obligación de establecer medidas de precaución y restricción que evite la violación a los Derechos de la Naturaleza, según lo establecido en la Declaración (art. 3); Ley No. 071 (art. 8); y Ley No. 300 (art. 10)” y en consecuencia garantizar el respeto de los derechos”.
Por otra parte, el Tribunal establece que a través de la abrogación de la Ley180 y respectiva promulgación de la Ley 969, el Estado boliviano ha incumplido con su obligación de establecer y aplicar efectivamente normas y leyes para la defensa, protección y conservación de los Derechos de la Madre Tierra, como señala la Declaración y otras normas internas del país.
El organismo ha establecido como sanción en contra del Gobierno del Estado Plurinacional 11 medidas para preservar el TIPNIS:
1. La paralización inmediata y definitiva de cualquier tipo de avance en la construcción de infraestructura vial en el denominado tramo II desde Isinuta a Monte Grande al interior del TIPNIS.
2. La abrogación de la Ley No. 969 y posterior elaboración y promulgación de una ley que garantice la conservación y protección del TIPNIS, prohíba la construcción de una carretera que atraviese su zona núcleo a la vez que respete los derechos de los pueblos indígenas que ahí habitan.
3. El reconocimiento del derecho territorial y autonomía del área de las ex concesiones forestales de Bosque de Chimanes a favor del Territorio Indígena Multiétnico (TIM), para garantizar el control y gestión de la zona norte del TIPNIS.
4. La adopción de medidas efectivas para detener el avance de la colonización hacia la zona núcleo del TIPNIS.
5. La anulación de los planes de expansión petroleros en el TIPNIS, a través de la derogación de los artículos del D.S. No. 0676 que se refieran a la extensión del Parque Nacional y Territorio Indígena.
6. La identificación y sanción de los responsables de las violaciones a los Derechos Humanos en el año 2011 en Chaparina.
7. El reconocimiento de responsabilidad Estatal en la falta de justicia hasta el momento y la otorgación de disculpas públicas por parte del presidente del Estado Plurinacional de Bolivia
8. Que el Estado Plurinacional de Bolivia aplique efectivamente las normas y las leyes que garanticen la efectiva defensa, protección y conservación de los Derechos de la Madre Tierra, en especial con la puesta en vigencia de la Defensoría de la Madre Tierra, que a nueve años de su creación por la ley Nº 071 aún no entra en funcionamiento.
9. Que el Estado Plurinacional de Bolivia cese con las presiones para disciplinar y controlar a los movimientos sociales, sobre todo a las organizaciones indígenas, lo que afecta gravemente su capacidad de organización y autonomía, afectando su potencialidad para defender la Madre Tierra.
10. Que el Estado Plurinacional de Bolivia garantice a los pobladores indígenas el cumplimiento de su papel fundamental como defensores de la Madre Tierra, sobre todo en el mantenimiento de sus ciclos de vida y salud integral en el TIPNIS y en el resto del territorio nacional.
11. Que se retomen las medidas de vigilancia, control y participación social por parte de la sociedad civil, para que esta pueda ejercer su papel de fiscalizador y defensor de los derechos de la Naturaleza en el TIPNIS.
El Tribunal está conformado por jueces y juezas de reconocida autoridad ética y científica respecto a los derechos de la naturaleza, nombrados por defensoras y defensores de la Madre Tierra de diferentes partes del mundo. En el caso particular de esta sentencia y en vista de que del gobierno de Evo Morales promueve internacionalmente los derechos de la Madre Tierra, se ha solicitado la revisión de la sentencia por otros jueces y juezas que han participado en diferentes audiencias del TIDN y que suscriben la sentencia.
Los miembros del Tribunal Extendido que firman la misma son: Tom Goldtooth (Dine’ y Dakota, EUA), Cormac Cullinan (Sudáfrica), Vandana Shiva (India), Osprey Orielle Lake (EUA), Simona Fraudatario (Italia), Ute Kocsy (Alemania), Yaku Pérez (Kichwa Ecuador), Maristella Svampa (Argentna), Ruth Nyambura (Kenya), Nnimmo Bassey (Nigeria), Ashish Kothari (India), Enrique Leff (México), Francesco Martone (Italia), Antoni Pigrau (Catalunya), Casey Camp Horinek (Ponca, EUA), Antonio Elizalde (Chile), Horacio Machado Aráoz (Argentina), Rita Segato (Argentina), Valerie Cabanes (Francia), Arturo Escobar (Colombia), Rocío Silva Santiesteban (Perú), Patricia Gualinga (Kichwa Sarayaku), Linda Sheehan (EUA), Blanca Chancoso (Kichwa Ecuador), y Mario Melo (Ecuador).
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