La Paz, 25 de septiembre de 2025 (ANF).- El Gobierno de Luis Arce promulgó el Decreto Supremo 5461, del 22 de septiembre, que dispone un aumento salarial del 5% para los trabajadores de siete empresas públicas estratégicas del país. La medida tiene carácter retroactivo al 1 de enero de 2025 y debe ser ejecutada hasta el 30 de septiembre de este año.
El beneficio alcanza a la Empresa Nacional de Telecomunicaciones (Entel S.A.), la Empresa Nacional de Electricidad (Ende) y sus filiales, la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, así como a las mineras estatales Vinto, Colquiri, Huanuni y Corocoro.
De acuerdo con la norma, los incrementos serán financiados con recursos propios de cada entidad, sin recurrir a subvenciones estatales ni al incremento en los precios de bienes y servicios. En el caso de Ende y Entel, el financiamiento provendrá de los ingresos generados en sus operaciones.
El diputado Miguel Roca calificó la medida de “desatinada”, argumentó que empresas “deficitarias” no pueden beneficiarse de un incremento salarial de esta magnitud. Asimismo, cuestionó que el Gobierno asuma la decisión cuando está a punto de concluir su mandato.
El decreto establece que el aumento no es universal. Quedan excluidos de este beneficio los cargos jerárquicos y parte del personal especializado.
En Ende y sus filiales, no accederán al incremento los gerentes, asesores, jefaturas y trabajadores con un sueldo básico superior a Bs 12.148.
En Entel, la exclusión alcanza al gerente general, gerentes nacionales y regionales, además de subgerentes.
En la Gestora Pública, no recibirán el aumento el presidente del directorio, el gerente general, gerentes nacionales, subgerentes y el auditor interno principal.
En el caso de las empresas mineras, la disposición alcanza únicamente a los trabajadores de base.
El Decreto Supremo también instruye que las empresas públicas remitan al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas las escalas salariales modificadas en un plazo máximo de 15 días hábiles posteriores a la publicación de la norma, para su aprobación.
La aplicación retroactiva del incremento obliga a las empresas a pagar el ajuste salarial correspondiente hasta el 30 de septiembre. Además, el Ministerio de Trabajo establecerá el plazo para la presentación de las planillas retroactivas y advirtió que, en caso de incumplimiento, se aplicarán las sanciones previstas por la normativa laboral vigente.
Este decreto responde a la demanda de trabajadores de las empresas públicas, quienes reclamaban que el incremento dispuesto en mayo de este año por el Decreto Supremo 5383 no se había hecho efectivo en sus salarios.
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