CARLOS ARMANDO CARDOZO
Bolivia desde la época de la colonia ha tenido que vivir de la minería como una de sus principales actividades económicas, la gran riqueza mineral del país trajo en su tiempo a los españoles que se valieron del sometimiento de los pueblos indígenas para desarrollar sus actividades extractivistas, hoy la realidad da cuenta que no mucho ha cambiado desde ese entonces. Es hoy el Estado que asume la bandera de la minería desde un enfoque exclusivamente rentista, del cual se sirven grandes empresas nacionales e transnacionales a pesar de los graves efectos sociales y ambientales derivados de dicha actividad.
Analizando el marco normativo vigente en Bolivia tenemos la Ley de Minería N° 535, en la que se hace referencia a los derechos colectivos de los pueblos indígenas campesinos sobre sus territorios y los recursos naturales, los cuales están por debajo del interés colectivo, en vista que los minerales son recursos estratégicos de propiedad exclusiva del Estado (a nombre del pueblo boliviano) priorizando el interés colectivo de cara al Vivir Bien. Cabe mencionar que malintencionadamente se señala que el Convenido 169 de la OIT (Organización Internacional del Trabajo) sobre Pueblo Indígenas y Tribales de 1969 del cual nuestro país es firmante, se pone en pausa señalando que se restringe el derecho a veto a los pueblos indígenas campesinos sobre cualquier proceso de contrato administrativo minero. La consulta previa si bien es reconocida como un mecanismo de participación de los pueblos originarios campesinos carece de carácter vinculante, es decir aún si los pueblos decidieran manifestarse en contra de la minería el trámite seguiría un proceso de “conciliación” que más se asemeja a una “persuasión” por parte del Estado que en este caso muestra claramente una posición parcializada hacia los solicitantes del contrato administrativo minero, el objetivo es claro, minería sí o sí.
En relación a las licencias ambientales es preocupante que en el lapso de 2 años se borró de un “plumazo” el requisito indispensable de contenidos mínimos todo plan de trabajo para actividades mineras, el cumplimiento de la normativa ambiental. La Resolución Ministerial de N°23/2015 (30 de enero de 2015) del Ministerio de Minería y Metalurgia establecía este requisito en todos los eslabones de la actividad minera, exploración, explotación, fundición, industrialización y comercialización. La Resolución Ministerial N°100/2017 (29 de mayo de 2017) deja sin efecto los anexos I, II y III en relación a los contenidos mínimos de los Planes de Trabajo, es decir la única garantía de protección no solo del medio ambiente, pero de los derechos de los propios pueblos indígenas campesinos sobre los recursos naturales como el agua, hoy por hoy no existe.
Desde el punto de vista económico la explotación minera en Bolivia, mantiene la misma precariedad de la época colonial, tomando en cuenta que la explotación de metales en bruto como el zinc presenta aún concentraciones de otros metales tales como plata, tantalio, indio y manganeso, por los cuales el Estado no percibe ningún tipo de regalía o dividendo. Así lo señala José Pimentel, Presidente de la Corporación Minera de Bolivia (COMIBOL) en una entrevista brindada a Libre Empresa (18 de diciembre de 2017). Pimentel presenta la triste realidad de la minería en nuestro país, afirmando que en los últimos 11 años los objetivos “políticos” del gobierno están atrasados considerablemente consecuencia de ello seguimos siendo un país exportador de materias primas en el rubro permitiendo fugas de mineral concentrado en los volúmenes brutos que empresas privadas nacionales e internacionales acopian para su exportación a mercados como los de China, Corea, Estados Unidos y Europa. Cesar Navarro, ministro de Minería y Metalurgia en el mismo tenor manifiesta que la actividad minera provee de materia prima a grandes fundidoras ubicadas en Estados Unidos, España y países del Asia que aprovechan los concentrados de variados metales en el volumen bruto de zinc comercializado.
Si seguimos las cifras de Pimental que estima una pérdida de 57% del costo del mineral que no llega a las Arcas del Estado, tendríamos una porción de la torta “minera” del orden de 43% que efectivamente se queda en el país en forma de dividendos para las empresas y regalías mineras.
Ahora bien, de esta “micro torta” el Estado recibe en el mejor de los casos un 12%, Pimentel afirma que esta cifra rondaría entre el 10 y 12%), que vendrían a ser 170 millones de dólares para el año 2017, de propia voz del ministro Navarro, mismo que califico como cifras record en materia de regalías mineras. En ese sentido se tiene como resultado un saldo adicional de 1.246 millones de dólares aproximadamente, que va a parar a las distintas empresas del rubro en calidad de ganancias (cooperativas, estatales, privadas y mixtas). Haciendo un total de 1.416 millones de dólares que efectivamente benefician al país.
¿Entonces a cuánto asciende esa pérdida por costo del mineral? Estamos hablando de 1.877 millones de dólares en pérdidas, que sumados a la “micro torta” minera efectiva (1.416 millones aproximadamente) configuran la “macro torta” minera real por un total de 3.294 millones de dólares.
En una coyuntura tal que las cabezas del sector minero reconocen abiertamente que existe un “vacío” en la normativa minera tal que un porcentaje mayoritario es canalizado hacia el extranjero (limpio de polvo y paja), el Estado da pie a la incertidumbre. En sentido que existiría una brecha abismal entre lo que declaran las mineras y lo que efectivamente se comercializa con las grandes empresas, mismas que se constituyen en el único eslabón que viabiliza la exportación de minerales de este país.
Como conclusión tenemos un escenario por demás sombrío, si en el escenario económico no existe presencia sería del Estado en materia de fiscalización y controles, que podemos esperar del escenario ambiental, donde se tiene una situación de indefensión alarmante tanto de los pueblos indígenas campesinos afectados como el de los recursos naturales de los cuales dependen para garantizar su supervivencia y calidad de vida (agua, suelos, aire, servicios ambientales, alimentación, etc.)
La minería es un mecanismo más para “desarrollar el subdesarrollo” del país con un criterio exclusivamente rentista, asumiendo un alto costo social y ambiental, donde ni el Estado ni las empresas mineras están dispuestas a asumir su verdadera responsabilidad.
Carlos Armando Cardozo Lozada es economista, Máster en Desarrollo Sostenible y Cambio Climático.
Twitter: @CharlieCardozo