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Nacional Política

TCP ratifica que ninguna autoridad electa será elegida más de dos veces de manera continua o discontinua

El diputado José Carlos Gutiérrez afirmó con ese auto constitucional se ratificó que Evo Morales y cualquier autoridad electa que haya ejercido un cargo nacional, departamental o municipal solo puede ser reelegido por dos mandatos.
8 de noviembre, 2024 - 17:10
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Tribunal Constitucional Plurinacional. Foto: Internet
Tribunal Constitucional Plurinacional. Foto: Internet

La Paz, 8 de noviembre de 2024 (ANF). - El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) emitió el auto constitucional 0083/2024 ECA en el que ratificó que ninguna autoridad electa, ya sea de la Asamblea Legislativa, Órgano Ejecutivo y Judicial, puede ser reelecta por más de dos periodos ya sea de forma continua o discontinua. Con esta disposición Evo Morales no podría volver a ser candidato, afirma el diputado José Carlos Gutiérrez. 

“El periodo de mandato de los representantes nacionales, se sujetará a las reglas constitucionales señaladas en el mismo y en el Presente Auto Constitucional Plurinacional, siendo posible para las autoridades electas de los Órganos Legislativo, Ejecutivo y Judicial, el ejercicio de su periodo de mandato, únicamente por dos periodos, sean estos continuos o discontinuos sin posibilidad de ampliarse a un tercer mandato; dado que, el fin del Constituyente, a partir de lo determinado por la Constitución Política del Estado en actual vigencia, es evitar de cualquier modo, la permanencia de un mandatario, en el caso de los Órganos Legislativo Ejecutivo por más de diez años en total; en el Judicial por más de doce años, y del Electoral a uno solo sin posibilidad a reelección”, señala el documento al que accedió la ANF. 

El documento fue emitido por la Sala Cuarta del TCP el 1 de noviembre del año en curso, está suscrito por los “magistrados” autoprorrogados Yván Espada y Gonzalo Hurtado, quienes también emitieron una sentencia constitucional en la que decidieron declarar desierta las elecciones judiciales en algunos departamentos. 

El 2 de agosto, el diputado de Creemos José Carlos Gutiérrez Vargas, presentó una solicitud de complementación y enmienda a la sentencia constitucional 1010/2023 que emitió el TCP, a raíz del amparo constitucional interpuesta por Miguel Ángel Balcázar Ruiz contra el vicepresidente David Choquehuanca.

“Hemos hecho una solicitud de complementación y enmienda a la sentencia constitucional 1010/2023 en el que se le pregunta si yo, como diputado, podía ejercer por tercera vez el mandato de diputado luego de ser diputado uninominal en la gestión 2015-2019 y volví a ser diputado en esta actual legislatura. En ese contexto, se ratifica que es imposible, indistintamente en el periodo en el que haya estado, ejercer un tercer mandato y eso genera jurisprudencia”, explicó. 

En ese sentido, Gutiérrez afirmó que con ese auto constitucional se ratificó que Evo Morales y cualquier autoridad electa que haya ejercido un cargo nacional, departamental o municipal solo puede ser reelegido por dos mandatos. Es decir que el exmandatario no puede presentar su postulación como candidato a la presidencia. 

“Al aceptar esta aclaración se deja en claro que la jurisprudencia no solo es para el diputado, sino para los cargos de diputados, senadores presidente, vicepresidente, asambleístas, alcaldes, concejales, gobernadores y otros. Con esto queda claro que Evo Morales no puede ser candidato”, añadió. 

Morales ha anunciado su candidatura, es más, por este tema está en franca pelea con la facción arcista cuya mayor expresión es el gobierno de Luis Arce. El exmandatario y sus abogados sostienen que su candidatura es absolutamente posible porque la Constitución Política del Estado no hace referencia a la discontinuidad. 

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