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Democracia

Elecciones 2025: Conozca las 9 excusas que puede presentar para no ser jurado electoral y evitar sanciones

En cambio, los jurados electorales que asistan normalmente a atender las mesas electorales recibirán Bs 60.
18 de julio, 2025 - 13:47
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Foto: RRSS
Foto: RRSS

La Paz, 18 de julio del 2025 (ANF). – Los Tribunales Electorales Departamentales (TED) de todo el país realizaron esta jornada el sorteo público de jurados electorales para las elecciones del 17 de agosto. Los ciudadanos que se vean impedidos de cumplir la obligación cívica, deberán tramitar su impedimento apelando a alguna de las nueve excusas.

La presidenta del Tribunal Electoral Departamental de La Paz, Zonia Yujra, explicó las nueve causales que pueden presentar los 54.594 seleccionados en el departamento  para evitar sanciones por no cumplir con su responsabilidad. 

Las nueve causales para evitar ser jurado de mesa son: 

- Por enfermedad. El ciudadano debe presentar su certificado médico. En área rural será extendido por profesionales de salud. 

- Estado de gravidez. Los ciudadanos deben adjuntar su certificado médico. No pueden presentar certificados de años pasados. 

- Por fuerza mayor o casi fortuito. Deben presentar el justificativo documentado. Por ejemplo, el certificado médico en caso de accidente o adjuntar el pasaje aéreo. 

- Ser dirigente de las organizaciones políticas. De forma obligatoria, el dirigente tiene que excusarse bajo sanción de ser remitido al juez electoral, en caso de que no lo haga. 

- Ser candidata o candidato. Deben presentar el certificado del tribunal electoral.

- Por trabajo en la jornada electoral. Deben presentar su justificativo de la empresa o lugar donde estará de turno laboral.

- Ser mayor de 70 años. La persona debe adjuntar su fotocopia de carnet. 

- Tener bajo dependencia a personas con discapacidad grave. Deben acreditar con documentación de la autoridad que corresponda. 

- Tener codependencia a un menor lactante hasta los dos años

El vicepresidente del TED La Paz, Franz Jiménez, recordó que la inasistencia al acto de capacitación o a la junta de jurados es sancionable con el 30% del salario mínimo; la inasistencia a la jornada electoral será del 50% equivalente al salario mínimo.

En cambio, los jurados electorales que asistan normalmente a atender las mesas electorales recibirán Bs 60. 

Los ciudadanos pueden ingresar a la página web (https://yoparticipo.oep.org.bo/auth/signin) para saber si son o no jurados electorales. 

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