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Para el precio, se tomará como base la cotización del London Bullion Market Association (LMBA) en dólares por onza troy en la apertura o el cierre de ese mercado
La Paz, 29 de mayo de 2023 (ANF).- El presidente de la
Federación de Cooperativas Mineras Auríferas del Norte de La Paz (Fecoman),
Ramiro Balmaceda, aseguró que ya tienen un 70 % de avance en la elaboración del
reglamento de la ley del oro (Ley 1503) y que pretenden concluir en la primera quincena
de junio todo el texto.
El 6 de mayo pasado el Gobierno promulgó la Ley de Compra de
Oro para el Fortalecimiento de las Reservas Internacionales luego de una
extensa discusión en la Asamblea Legislativa. La norma abrió la posibilidad de
monetizar el oro de las Reservas Internacionales que Bolivia posee en el
exterior. La ley también permite al Gobierno la compra de oro a los
cooperativistas auríferos; es en ese aspecto que el reglamento está siendo
concertado entre ambas partes.
“Entiendo que (hay de) 2 a 3 reuniones más de las mesas de
trabajo, ahí vamos a finalizar. Nosotros habíamos hecho conocer que bajaríamos
a nuestros compañeros o centrales para informar cómo está avanzando de manera
orgánica. Hasta el momento tenemos un avance del 70% en el reglamento”, declaró
el dirigente minero a la ANF.
Balmaceda sostuvo que hay un trabajo conjunto de Gobierno y
mineros para alcanzar el acuerdo final, aunque ellos tienen sus observaciones a
tres puntos. Uno, la bancarización; es decir, que ellos quieren el pago al
contado. Dos, la compra al precio internacional del día. Tres, rechazar la
posibilidad de que se incluya el control de las ganancias en el reglamento.
La ANF accedió al proyecto de reglamento que presentaron los
mineros al Gobierno y en ese documento plantean que la compra sea desde 200
gramos con el cumplimiento de requisitos formales y que sea el Banco Central de
Bolivia (BCB) el que se haga cargo de la “buena entrega” en los mercados
internacionales.
El proyecto de reglamento de los mineros tiene 30 artículos
y está dividido en cinco capítulos. “El Banco Central de Bolivia comprará oro
no monetario en el mercado interno desde 200 gramos hacia arriba hasta
completar el volumen semestral o anual requerido para el fortalecimiento de las
reservas internacionales de oro y la realización de operaciones financieras en
el mercado internacional” señala el artículo 15 de la propuesta y además
plantean que el pago sea en moneda boliviana.
Asimismo, el precio será calculado en base a la cotización
que haga la bolsa internacional inglesa. Se tomará como base la cotización del
London Bullion Market Association (LMBA) en dólares por onza troy en la
apertura o el cierre, señala el artículo 8.
En discusión está el Good Delivery (oro de Buena Entrega) que es el sello que
representa un valor intangible de marca del refinador reconocido y acreditado
por la London Bullion Market Association (LMBA). Ese sello gravado en el
lingote de oro ofrece la garantía inobjetable y fidedigna para que sea aceptado
en cualquier parte del mundo.
El oro adquirido a los cooperativistas o a personas
naturales podrán tener cuatro destinos. Uno, a la fundición, si se adquiere oro
natural para su posterior refinación y obtención del oro monetario. Dos, a la
venta en el mercado internacional de oro monetario. Tres, al incremento de las Reservas
Internacionales de oro monetario. Cuatro, a las transacciones propias del BCB.
Las cooperativas auríferas podrán vender el oro sin límite
menor o mayor; en cambio, las personas naturales sólo podrán vender hasta dos
kilos de oro al mes; pero tendrán que informar de dónde obtuvieron esa cantidad
y certificar la buena entrega del mineral.
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