Se busca la normalización del trabajo de las cooperativas.
La Paz, 1 de septiembre (ANF).- Las cooperativas mineras que no cumplan los principios del cooperativismo tendrán un plazo de 30 días a partir de su notificación por la autoridad sectorial para migrar al régimen del comercio y convertirse en una empresa regular.
De acuerdo al Decreto Supremo 2889, presentado este jueves, la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM) y la Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas (Afccop) deben comprobar que se cumplan los principios del cooperativismo, registro de sus asociados, volumen y valor de producción y distribución de ingresos por asociado.
En ese marco, las cooperativas mineras deberán presentar a la AJAM el volumen y valor de sus producción, el nivel de sus excedentes y la distribución de las ganancias por cada asociado con datos mensuales sobre el balance general y estados financieros de la gestión anterior.
Las que no logren demostrar que trabajan apropiadamente como cooperativas, serán multadas o forzadas a migrar para convertirse en una empresa regular. Ello se debe a que las cooperativas pagan impuestos muchos más bajos que las compañías privadas y el Gobierno desea evitar que abusen de su condición.
Las cooperativas también deberán presentar sus nóminas actualizadas de sus asociados registrados en la Afcoop, personal administrativo y otro personal, incluyendo la estructura orgánica de la cooperativa, planillas de pagos a los asociados y trabajadores con datos mensuales.
La AJAM remitirá a la Afcoop el informe sobre las cooperativas, y si es el caso, recomendará la disolución y liquidación de la cooperativa minera conforme a la Ley General de Cooperativas. Si lo desea puede trabajar como empresa privada.
Vencido el plazo establecido, la AJAM podrá revertir el área minera a favor del Estado, según la norma aprobada dentro del paquete de decretos dirigidos a regular de manera más estricta la actividad minera cooperativizada en el país.
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