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Economía

Cooperativas que no demuestren ser tales tendrán 30 días para convertirse en empresas

La AJAM estará encargada de verificar el cumplimiento de los principios del cooperativismo, registro de sus asociados, volumen y valor de producción, además de distribución de ingresos por asociado.
1 de Septiembre, 2016
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Se busca la normalización del trabajo de las cooperativas.
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La Paz, 1 de septiembre (ANF).- Las cooperativas mineras que no cumplan los principios del cooperativismo tendrán un plazo de 30 días a partir de su notificación por la autoridad sectorial para migrar al régimen del comercio y convertirse en una empresa regular.

De acuerdo al Decreto Supremo 2889, presentado este jueves, la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM) y la Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas (Afccop) deben comprobar que se cumplan los principios del cooperativismo, registro de sus asociados, volumen y valor de producción y distribución de ingresos por asociado.

En ese marco, las cooperativas mineras deberán presentar a la AJAM el volumen y valor de sus producción, el nivel de sus excedentes y la distribución de las ganancias por cada asociado con datos mensuales sobre el balance general y estados financieros de la gestión anterior.

Las que no logren demostrar que trabajan apropiadamente como cooperativas, serán multadas o forzadas a migrar para convertirse en una empresa regular. Ello se debe a que las cooperativas pagan impuestos muchos más bajos que las compañías privadas y el Gobierno desea evitar que abusen de su condición.

Las cooperativas también deberán presentar sus nóminas actualizadas de sus asociados registrados en la Afcoop, personal administrativo y otro personal, incluyendo la estructura orgánica de la cooperativa, planillas de pagos a los asociados y trabajadores con datos mensuales.

La AJAM remitirá a la Afcoop el informe sobre las cooperativas, y si es el caso, recomendará la disolución y liquidación de la cooperativa minera conforme a la Ley General de Cooperativas. Si lo desea puede trabajar como empresa privada.

Vencido el plazo establecido, la AJAM podrá revertir el área minera a favor del Estado, según la norma aprobada dentro del paquete de decretos dirigidos a regular de manera más estricta la actividad minera cooperativizada en el país.

/JMC/RPU/  

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