¿Presunción de inocencia o presunción de culpabilidad?

Redes sociales, el "boom" donde se viraliza la presunción de culpabilidad

24 ABR
Foto ilustrativa: Página Siete
24 de Abril, 2018

Basta publicar en un muro un mensaje, una foto o un video con intención de desprestigiar, dañar, por venganza, represalia, para condenar a un presunto inocente y así sea sentenciado por el “tribunal de la opinión pública”.


La Paz, 24 de abril (ANF).- Las Redes Sociales como WatsApp, Facebook, Twitter e Instagram principalmente son canales por donde se difumina gran cantidad de datos vía fotos, videos y textos muchas veces con el objetivo de desprestigiar a una persona para que sea condenada por el “tribunal de la opinión pública” anticipando la culpa.  

En las redes sociales la información toma un ritmo acelerado mucho más veloz que la radio podría decirse, si bien su uso tiene varios beneficios como hacer amigos, buscar personas desaparecidas, ofrecer productos para llegar a miles en algunos casos a millones de personas también se utiliza como una herramienta para condenar anticipadamente a personas.

Muchas veces víctimas de la injusticia al no ser oídos ni atendidos por autoridades judiciales o por medios de comunicación recurren a las redes sociales para exigir justicia y culpando anticipadamente por un delito a personas específicas.

“Se ha puesto de moda la presunción de culpabilidad eso también ha sido por una necesidad social de la forma en que se ha ido manejando la justicia”, refirió el fiscal departamental de La Paz, Edwin Blanco.

Explicó que el solo hecho de publicar una imagen de un sindicado en un delito ya es vulnerar la presunción de inocencia y en ese sentido las redes sociales toman un papel importante en la psique colectiva de la sociedad.

Blanco dijo que aún falta madurez y formación en valores en algunas personas para el uso adecuado de las redes sociales porque muchas veces se usan estas herramientas para eliminar a un adversario, para dañar una imagen, para desprestigiar a una persona frente a la sociedad.

Los que aparecen acusados directamente figuran como responsables y culpables de un hecho sin siquiera haber sido juzgados.

“En el boom de la opinión pública fogoneada desde las redes sociales, hemos retornado a la presunción de culpabilidad”, manifestó el periodista Andrés Rojas.

En las redes circulan imágenes extraídas de las mismas cuentas privadas de las redes sociales y utilizadas por la red sin ninguna autorización, muchas veces se crean incluso cuentas falsas para denigrar el honor de las personas.

Ante esta situación los únicos mecanismos de defensa utilizados por los internautas son bloquear a desconocidos, tomar mayores medidas de seguridad en su cuenta, reportar publicaciones indebidas o dañinas, sin embargo una vez publicada una información falsa o condena anticipada difícilmente puede borrarse tal publicación.

Tampoco las actuales normas jurídicas del país establecen algún tipo de sanciones específicas o controles en este tipo de ámbitos, entonces solo se las asume de manera paralela a un delito para tipificar algún delito como ser estafa vía internet, pornografía, entre otros, según el fiscal departamental de La Paz, Edwin Blanco.

“Específicamente no (está normado), pero hay delitos que de alguna forma se adoptarían”, manifestó Blanco.

/LACH/

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