La Paz, 22 de septiembre (ANF).- Un informe del Instituto de Terapia e Investigación de la Tortura (ITEI) concluye que el joven albañil Gonzalo Chura fue sentenciado a 20 años de cárcel por el supuesto delito de violación sin existir evidencias en su contra, y por el contrario, hay pruebas que lo absuelven, por lo que recomienda a las autoridades la anulación de su condena y su liberación, y el pago de los daños directos que corresponden a los gastos que tuvo que sostener para su defensa legal a causa del “proceso judicial sin fundamento jurídico”.
Chura permanece en el penal de San Pedro de La Paz, desde 2015 por la supuesta violación a su sobrina, pese a que una pericia del Instituto de Investigaciones Forenses (IDIF) lo libera de culpa. La acusación contra Chura la inician sus dos hermanas mayores –Martha y Elizabeth- quienes tienen una disputa con Gonzalo por la propiedad de la casa de su madre.
“La detención arbitraria y la severa sentencia que no se basa en ninguna evidencia (además de un testimonio dudoso de la supuesta víctima) son factores suficientes para comprobar que, en el juicio del señor Chura, se ha llevado a cabo una descarada falta de respeto al debido proceso”, se lee en el informe del ITEI.
Indica que se trata de un proceder “incorrecto y torcido” de los representantes del poder judicial en todos los aspectos del proceso a Chura.
Además, el ITEI también concluye, en base a las evidencias psicológicas que sustentan la credibilidad del testimonio de Chura, que “en los tribunales de justicia y en el penal de San Pedro, ha sido víctima de tratos, crueles, degradantes e inhumanos, e incluso de tortura”.
El ITEI evidencia que en el juicio de Chura “no se tomaron en cuenta las previas amenazas y agresiones de parte de sus hermanas” que son las acusadoras; que no se consideraron los intentos previos de inculparlo, debido a que tan solo un día antes su hermana Martha lo acusaba de una agresión totalmente distinta.
También, se ignoraron por completo las evidencias contundentes de una violación de la víctima que no fue perpetrada por el señor Chura, sino perpetrada y confesada por su sobrino José Andrés; no se hizo ninguna valoración de la credibilidad del testimonio de la víctima, por lo que se dictó una arbitraria detención preventiva.
Advierte que no se tomaron en cuenta los dos desistimientos de la parte acusadora, a pesar de que estaban legalizados y firmados, y con testigos que lo comprueban; y, sobre todo esto dos de los jueces “dictaron una sentencia a 20 años de cárcel aún sin evidencias”.
A esta situación se suma la “persecución” de sus familiares, con la amenaza de la fiscalía de iniciarle un juicio penal a la hermana menor, la única junto a su madre, que brindan apoyo a Gonzalo. También está presente la retardación de la justicia y la “impunidad de una fiscalía que humilla, calumnia y tortura al acusado”.
Todas estas irregularidades, agrega el ITEI, dan cuenta de que se han violado abiertamente -sin ningún intento de encubrirlo- varios de sus derechos humanos, de acuerdo a los Artículos 9, 10 y 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, que dicen: “Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado”; “Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal”; y, “Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa”.
El ITEI concluye que “el señor Chura ha sido arbitrariamente detenido, ha sido juzgado por un tribunal que ―con excepción del juez presidente, quien falló a favor de una condena absolutoria― no ha sido imparcial ni ha respetado sus derechos y, por último, ha sido presumido culpable a lo largo de todo el proceso, quizás incluso antes de que se le dé inicio”.
Desde el momento mismo en que se emitió la denuncia en su contra, refiere el ITEI, “el señor Chura ha sido víctima de tortura biológica, psicológica y física” fuera y dentro del penal.
“Tanta injusticia, tantos abusos y torturas, han dejado una serie de secuelas sumamente graves en la subjetividad del señor Chura (por lo que se llegó a diagnosticarlo, en este informe, con el Trastorno de Estrés Postraumático)”, indica.
En consecuencia, a la tortura y a los tratos crueles, inhumanos y degradantes de los que ha sido víctima directa Gonzalo Chura, el ITEI recomienda, el levantamiento de su detención preventiva y la anulación de su sentencia, considerada arbitraria y sin fundamento jurídico; pide el pago de los daños directos que corresponden a los gastos que tuvo que sostener para su defensa legal.
También recomienda que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) intervenga ante el Estado boliviano “para que el señor Chura sea plenamente restablecido en sus derechos civiles”; que se tomen las medidas necesarias para garantizar la reparación del daño causado de conformidad con los estándares internacionales de protección que obligan a los Estados a que dicha reparación sea integral.
Además, que se reconozcan plenamente los actos ilegales cometidos en su contra, y se enjuicien o en su caso se condenen a los responsables directos e indirectos de los hechos ocurridos; y, una atención médica y psicoterapéutica para toda la familia que permita por lo menos una recuperación parcial después de años de sufrimiento causado por autoridades del Poder Judicial.
/ANF/