La Paz, 8 de febrero de 2024 (ANF). - La Ley 1549 Transitoria para las Elecciones Judiciales 2024 eliminó el tiempo de no militancia de los postulantes a magistrados al Órgano Judicial. En el proceso de 2017 se exigía que los candidatos no debían ser militantes hasta cinco años antes de la postulación.
“No tener militancia en alguna organización política al momento de su postulación, de conformidad al artículo 18 de la Ley N° 027”, señala el segundo requisito específico para los candidatos al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP).
La norma promulgada el martes por el presidente Luis Arce, existen dos tipos de requisitos: comunes y específicos. En el primer caso, son condiciones generales para las cuatro entidades judiciales, Tribunal Supremo de Justicia (TSJ); Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP; Tribunal Agroambiental; y Consejo de la Magistratura. Mientras que en el segundo caso se establecen exigencias relacionadas con el trabajo que desempeñan cada una de ellas.
/EUA/ANF
Si desea acceder a la información completa de la nota, puede suscribirse al servicio de ANF