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Nacional Sociedad

Ministerio de Trabajo no realiza el visado de contratos de trabajo a extranjeros

La información ha sido proporcionada por el diputado Wilson Santamaría quien dijo que es responsabilidad del ministro de Trabajo realizar el "visado de contratos de trabajo de personas extranjeras" de acuerdo al decreto supremo 1923.
11 de Septiembre, 2017
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El diputado de UD, Wilson Santamaría: Foto: ANF

La Paz, 11 de septiembre (ANF).- El ministro de Trabajo, Héctor Hinojosa, señaló que su despacho no realiza el visado de contratos de trabajo de los funcionarios extranjeros en el país, porque la normativa prevé la contratación de estos trabajadores. El diputado Wilson Santamaría criticó esta respuesta.

La posición del ministro está establecida en una petición de informe escrito dirigida al diputado, Wilson Santamaría, quien solicitó información acerca de las denuncias que existen en contra de las empresas chinas que operan en el país.

Una de las interrogantes del legislador dice: “Informe si los funcionarios extranjeros de las empresa mencionadas anteriormente, cuentan con el contrato visado y vigente ante el Ministerio de Trabajo. Adjunte documentación de respaldo”.

Refiriéndose a la China Harzone Industry Corp Ltda, encargada de la construcción del puente Madre de Dios y sus accesos; esta misma empresa realiza la construcción del puente Beni y sus accesos al igual que la Doble vía Valle Alto y la construcción de la carretera Porvenir - Puerto Rico tramos A y B.

La Nuclear Industry Manajing Construction Group ejecuta la Doble vía Caracollo - Confital Tramo I y II; Sinopec International Petroleum Service Ecuador que tiene la construcción del puente San Buenaventura y sus accesos y Adjudicado Asociación Accidental

El ministro responde a la consulta del legislador: “no corresponde emitir informe ni adjuntar documentación, toda vez que esta cartera de Estado no cuenta entre sus competencias el visado de contratos de funcionarios extranjeros, tomando en cuenta que la normativa vigente establece la contratación de trabajadores extranjeros”.

Sin embargo, Santamaría critica esta respuesta porque de acuerdo al Reglamento de la Ley de Migración el decreto supremo 1923 de 2014, en el artículo 26 señala que para cumplir los artículos 48 y 49 de la Ley N° 370, “el Ministerio de Trabajo a tiempo de realizar el visado de contratos de trabajo a personas extranjeras, verificará que el contrato cumpla con la normativa laboral y social vigente y dará seguimiento a su cumplimiento y ejecución”.

Incluso la normativa prevé de acuerdo al artículo 27, la “inscripción en el registro obligatorio” para las personas extranjeras que realicen tareas remuneradas o lucrativas por cuenta propia en el territorio nacional (…)”.

Además el legislador señala que de acuerdo a la Resolución Ministerial 855/14 en su artículo 13 sobre el visado de contratos de trabajo dice que para el visado en este tipo de casos el empleador tiene 30 días de plazo calendario computables a partir de la firma del contrato para efectuar su solicitud ante el Ministerio de Trabajo. Si se incumple, prevé multas.

Respecto a las denuncias que existen en contra de las empresas, el Ministerio señala que a las oficinas departamentales llegaron 27 denuncias de diferente índole pero vinculadas a los derechos laborales.


/NVG/

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    Empresas chinas