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Economía

Las regalías son derecho constitucional

Pero no son un derecho fundamental, aseguró el Ministro de Hidrocarburos en Tarija
1 de Abril, 2013
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El Ministro de Hidrocarburos en Tarija. (Foto. YPFB)

La Paz, 01 abr (ANF).- El ministro de Hidrocarburos, Juan José Sosa, aseguró en Tarija que las regalías son un “derecho constitucional” y no “derechos fundamentales”, además de señalar que el Tribunal Constitucional esclarecerá sobre reservorios compartidos, como el caso del Margarita-Huacaya.

En semanas pasadas, la máxima instancia jurídica del país aceptó el recurso de nulidad del reglamento de reservorios compartidos, emitido por el Ministerio de Hidrocarburos.

“Este asunto está en manos del Tribunal Constitucional, institución que está haciendo su trabajo y seguramente en los plazos establecidos nos va a dar a conocer su pronunciamiento respecto a este tema”, aseguró la autoridad, de acuerdo con el informe que divulga Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB).

Al referirse sobre el tema, este lunes, el Ministro dijo en Tarija que “se debe diferenciar entre los derechos fundamentales y los derechos constitucionales”, de acuerdo con el informe de ese despacho.

“Los derechos fundamentales están claramente identificados en la Constitución Política del Estado, en su primera parte, desde el artículo 15 al 20, y están referidos, principalmente, a los derechos inherentes a las personas como miembros de la sociedad civil”, aseguró Sosa.

“El derecho a las regalías se encuentra en el Título II, referido a Medio Ambiente, Recursos Naturales, Tierra y Territorio, en los artículos 351 y 368 por lo que no pueden ser confundidos como derechos fundamentales”, remarcó la autoridad de acuerdo con el informe del Ministerio.

REGALÍAS

“Las regalías son una compensación económica obligatoria en favor de los departamentos productores por la explotación de sus recursos naturales no renovables”, aseguró Sosa, de acuerdo con el boletín del Ministerio de Hidrocarburos.

La autoridad dejó en claro que “”en este marco, el cálculo y pago de dicho concepto se efectúa sobre el total de la producción fiscalizada”.

“Sostengo categóricamente que es un derecho constitucional y no fundamental y está establecido así en la Constitución Política del Estado, por tanto, es un derecho de Tarija el percibir las regalías departamentales por la explotación de hidrocarburos”, explicó Sosa, señala el informe de YPFB.


Este lunes, por la mañana, el Ministro  presentó un informe ante la Brigada Parlamentaria de Tarija y Asambleístas Departamentales sobre el tema de regalías y licuables. La cita fue en la gobernación.

El otro asunto fue el referido al pago de licuables, el informe del Ministerio indica que Sosa explicó que “según el contrato suscrito en 1996 por las empresas YPFB y Petrobras para la exportación de gas a Brasil el gas suministrado como mínimo debe tener un poder calorífico de 9.200 kilocalorías por metro cúbico, es decir equivalente a 1.034 BTU por pie cúbico”.

En ese marco, “el precio del gas natural exportado es calculado por unidades de energía, lo cual está representado en dólares por millón de BTU, por lo que Petrobras paga por la totalidad de la energía suministrada por YPFB. De ahí se establece el cálculo y la valoración de las regalías para el departamento de Tarija”.

Al referirse al acuerdo de Brasilia, suscrito el 2007,  el informe del Ministerio de Hidrocarburos señala que “Petrobras realizará un pago adicional por los hidrocarburos líquidos contenidos en el gas natural exportado por encima de un poder calorífico de 8.900 kilocalorías por metro cúbico, es decir, 1.000 BTU por pie cúbico”.
 
Además, en el 2009, YPFB y Petrobras suscribieron el Addendum No. 4 del GSA, en el que “se establece que los montos estipulados para los licuables no afectan al precio del gas natural, ni a su fórmula de cálculo”, indica el informe.  //JTI//


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