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Economía

ASFI fija seis meses para que entidades financieras otorguen créditos al sector agropecuario

Aclara que estos créditos estarán avalados a partir del “Reglamento para Operaciones de Crédito Agropecuario y Crédito Agropecuario debidamente garantizado”, aprobado mediante Resolución 117/2012 de la ASFI. En caso de incumplimiento de parte de las entidades financieras la ASFI aplicará el Artículo 99 de la Ley de Bancos y el Reglamento de Sanciones Administrativas contenido en la RNBEF.
19 de Abril, 2012
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La Autoridad advierte que si en los siguientes seis meses las entidades financieras no abren el crédito a las entidades agropecuarias, serán pasibles a sanciones. Foto: ASFI.
La Autoridad advierte que si en los siguientes seis meses las entidades financieras no abren el crédito a las entidades agropecuarias, serán pasibles a sanciones. Foto: ASFI.
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La Paz, 19 Abr. (ANF).- La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) fijó el plazo de seis meses para que las entidades de intermediación financiera adecuen sus políticas y procedimientos, así como reclasifiquen su cartera de créditos otorgados al sector agropecuario en función del Reglamento emitido a través de la Resolución 117/2012 y de la Circular 119/2012 de abril de este año.

En conferencia de prensa, la Directora de la ASFI, Lenny Valdivia Bautista, explicó que en cumplimiento al artículo 57°, de la Ley 144 de Revolución Productiva Comunitaria Agropecuaria, donde se establece con carácter obligatorio que las entidades financieras deben incrementar la participación de sus carteras al sector agropecuario, mediante Resolución 117/2012 de fecha 11 de abril de 2012, aprobó y puso en vigencia el “Reglamento para Operaciones de Crédito Agropecuario y Crédito Agropecuario debidamente Garantizado”.

“En ese orden, esta reglamentación permite que las entidades financieras, puedan recoger esa tecnología crediticia de estos sectores que ya están operando, y que las entidades financieras a partir de la emisión de este Reglamento van a tener que incrementar de manera gradual y progresiva su cartera de crédito al sector agrícola”, afirmó en la oportunidad la Directora de la ASFI.

Según Valdivia, el crédito va a depender del sector productivo, ya que en el crédito garantizado se establece un préstamo para la persona individual hasta 60 mil bolivianos y para organizaciones  productivas hasta 112 mil bolivianos.

“En los créditos debidamente garantizados estamos la normativa establece, como márgenes de crédito, para el productor individual hasta la suma de 60 mil bolivianos y para organizaciones de productores hasta el monto de 112 bolivianos”, afirmó Valdivia.

El mencionado cuerpo legal, establece lineamientos y requisitos para la otorgación de créditos al sector agropecuario, así como las condiciones que deben cumplir los diferentes créditos para su clasificación como “debidamente garantizados”. 

De la misma manera, la normativa reconoce las particularidades del sector agropecuario y presenta alternativas que responden a la problemática del sector, rescatando “tecnologías crediticias” que generen accesibilidad al crédito para productores que tengan experiencia en actividades productivas, pero, sin embargo, no dispongan de garantías reales o no hubieran podido acceder por falta de cobertura geográfica de las entidades financieras reguladas.

La Directora de la ASFI informó que el desarrollo de esta normativa tuvo la participación de diferentes actores de la sociedad civil, como entidades financieras especializadas en la implementación de tecnologías crediticias para el sector agropecuario, entidades que brindan servicios de asesoramiento y capacitación técnica que pueden potenciar los beneficios del crédito. 

De la misma manera, participaron representantes del sector agropecuario tradicional campesino, quienes plantearon ante ASFI la problemática de su sector y sus expectativas en cuanto al financiamiento que requieren para crecer y ampliar su producción, dicha problemática que fue considerada para el desarrollo de la normativa.

La nueva normativa  permitirá uniformar criterios y requisitos para la otorgación de créditos al sector agropecuario. Rescatar mecanismos de “tecnología crediticia” que generan accesibilidad al crédito para productores que no dispongan de garantías reales. 

También establece criterios diferenciados de evaluación y calificación de cartera para micro, pequeños y medianos productores agropecuarios.  Propiciar alianzas entre entidades financieras que cuentan con importantes niveles de liquidez y entidades financieras que cuentan con tecnologías crediticias específicas para el sector agropecuario.

Establece criterios que serán utilizados por ASFI para determinar el incremento gradual de la cartera agropecuaria de las entidades financieras en aplicación de lo dispuesto en el Artículo 57º de la Ley de Revolución Agropecuaria, caso contrario

Cabe  aclarar, que la reglamentación emitida por ASFI se enmarca en las normas generales de cartera que se encuentran en plena vigencia y conserva los principios prudenciales de evaluación basados en un conocimiento completo del objeto (actividad agropecuaria) y sujeto del crédito (capacidad de pago).
////frv




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